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Modelo FI-07 de reclamación económico-administrativa ante la Junta Superior de Hacienda de las Islas Baleares
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Legislación
Orden: fiscal
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
En la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares serán objeto de Reclamación Económico-Administrativa las cuestiones relativas a las siguientes materias:
- Actos de recaudación de los ingresos de derecho público no tributarios de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de sus entidades de derecho público dependientes dictados por cualquier órgano de la Consejería competente en materia de Hacienda.
- Actos de aplicación de los tributos e imposición de sanciones tributarias dictados por cualquier órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears o de sus entidades de derecho público dependientes, excepto cuando se refieran a tributos cedidos por el Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears o a los recargos que ésta pueda establecer sobre estos tributos.
- Actos de aplicación de los tributos e imposición de sanciones tributarias dictados por cualquier órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en virtud de las delegaciones efectuadas por las entidades locales integradas en su territorio respecto de sus tributos propios.
- Actos de recaudación de los ingresos de derecho público no tributarios dictados por cualquier órgano de la Consejería competente en materia de Hacienda en virtud de las delegaciones efectuadas por las entidades locales integradas en su territorio respecto de estos recursos públicos.
- Reconocimiento o liquidación por los órganos competentes de obligaciones de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y las cuestiones relacionadas con las operaciones de pago con cargo a la citada Tesorería.
- Reconocimiento y pago de toda clase de pensiones y derechos pasivos que sean competencia de la Consejería competente en materia de Hacienda.
- Cualquier otra explresamente establecida por ley.
Las Reclamaciones económico administrativas habrán de presentarse ante la Junta Superior de Hacienda de las Islas Baleares.