Última revisión
Modelo 749. Modelo de escrito de interposición de recurso de reposición. Comunidad Valenciana
Relacionados:
Orden: fiscal
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
Modelo 749. Modelo de recurso de reposición.
OBJETO
El recurso de reposición es un recurso potestativo, voluntario, que se interpone con carácter previo a la reclamación económico-administrativa. No obstante, si la persona interesada presenta un recurso de reposición, no podrá presentar reclamación económico-administrativa hasta que el recurso se haya resuelto de manera expresa o se pueda considerar desestimado por silencio administrativo.
Cuando en el plazo establecido para recurrir se interpongan recurso de reposición y reclamación económico-administrativa que tengan como objeto el mismo acto, se tramitará el presentado en primer lugar y se declara inadmisible el segundo.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo para presentar recurso de reposición es de 1 mes a partir del día siguiente a la notificación del acto objeto de recurso, o del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
ÓRGANO COMPETENTE
El recurso de reposición se debe interponer ante el órgano que dictó el acto, que es también el competente para resolverlo.
RESOLUCIÓN
- 1 mes desde el día siguiente a su presentación.
Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya notificado la resolución, el interesado puede considerar desestimada su pretensión, a efectos de interponer la reclamación económico-administrativa procedente.
FORMA DE PRESENTACIÓN
Dicho modelo/escrito, junto con la documentación oportuna, podrá presentarse de forma:
- Telemática, a través del Registro electrónico de la ATV (Trámite Z), o
- Presencial, en cualquier registro de entrada. Recuerde que si opta por la presentación presencial ante la Sede de la Agencia en Valencia o cualquiera de sus Delegaciones en Castellón o Alicante, deberá solicitar cita previa en el servicio de Registro General.
NORMATIVA
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
- Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa.
- LEY 7/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.