Última revisión
Contrato de edición
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Orden: mercantil
Fecha última revisión: 01/01/2023
Determina el art. 58 de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) que «Por el contrato de edición el autor o sus derechohabientes ceden al editor, mediante compensación económica, el derecho de reproducir su obra y el de distribuirla.» El editor se obliga a realizar estas operaciones por su cuenta y riesgo en las condiciones pactadas y con sujeción a lo dispuesto en la LPI.
A tenor del art. 60 LPI El contrato de edición deberá formalizarse por escrito y expresar en todo caso:
«(...) 1.º Si la cesión del autor al editor tiene carácter de exclusiva.
2.º Su ámbito territorial.
3.º El número máximo y mínimo de ejemplares que alcanzará la edición o cada una de las que se convengan.
4.º La forma de distribución de los ejemplares y los que se reserven al autor, a la crítica y a la promoción de la obra.
5.º La remuneración del autor, establecida conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta Ley.
6.º El plazo para la puesta en circulación de los ejemplares de la única o primera edición, que no podrá exceder de dos años contados desde que el autor entregue al editor la obra en condiciones adecuadas para realizar la reproducción de la misma.
7.º El plazo en que el autor deberá entregar el original de su obra al editor.»
De conformidad con los artículos citados, el contrato de edición podrá ser redactado con ayuda del siguiente modelo.
CONTRATO DE EDICIÓN
En [CIUDAD], a [DIA] de [MES] de [AÑO]
REUNIDOS
De una parte, Don/Doña [NOMBRE], con D.N.I. [NUMERO] en su condición de [DESCRIPCION], y por tanto, en nombre y representación de [NOMBRE_EMPRESA], domiciliada en [DOMICILIO_SOCIAL] (en adelante, la EDITORIAL), y
De otra parte, Don/Doña [NOMBRE], mayor de edad, con domicilio en [DOMICILIO] y provisto de D.N.I. [NUMERO] (en adelante ...
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