Última revisión
Modelo 510. II. EE. Declaración de operaciones de recepción del resto de la UE. Álava
Relacionados:
Orden: fiscal
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
Modelo 510. Declaración de operaciones de recepción de productos del resto de la UE.
DESTINATARIOS
El modelo 510 será presentado exclusivamente por los/as destinatarios/as registrados/as, los/as destinatarios/as registrados/as ocasionales, los/as receptores/as autorizados /as y los/as representantes fiscales, no debiendo reflejar más movimientos que las recepciones y entregas de productos procedentes de otros Estados miembros de la Unión Europea.
ÓRGANO Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
En el caso de sujetos pasivos de los Impuestos Especiales de Fabricación, que lo sean exclusivamente por la recepción o entrega de productos procedentes del ámbito territorial comunitario no interno, no será necesaria la presentación de las autoliquidaciones en aquellos períodos de liquidación en que no se hayan producido recepciones o entregas.
El plazo para presentar dichas declaraciones será el señalado en el apartado 3 del artículo 1 de la Orden Foral 205/2012 para las autoliquidaciones del correspondiente impuesto. Los períodos de liquidación y los plazos para la presentación de las autoliquidaciones y, en su caso, ingreso simultáneo de las cuotas resultantes serán los siguientes.
FORMA DE PRESENTACIÓN
Presencial.
NORMATIVA
ORDEN EHA/3482/2007, de 20 de noviembre, por la que se aprueban determinados modelos, se refunden y actualizan diversas normas de gestion en relacion con los Impuestos Especiales de Fabricacion y con el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos y se modifica la Orden EHA/1308/2005, de 11 de mayo, por la que se aprueba el modelo 380 de declaracion-liquidacion del Impuesto sobre el Valor Añadido en operaciones asimiladas a las importaciones, se determinan el lugar, forma y plazo de presentacion, asi como las condiciones generales y el procedimiento para su presentacion por medios telematicos.
ORDEN FORAL 205/2012, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 15 de marzo, por la que se aprueban determinados modelos y se actualizan diversas normas de gestión con relación a los Impuestos Especiales de Fabricación.