Última revisión
Modelo 430. Impuesto sobre Primas de seguros. Declaración-liquidación (Telemático)
Relacionados:
Orden: fiscal
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 08/03/2023
Resumen:
Modelo 430. Primas de seguros. Declaración-liquidación
OBJETO
Facilitar la presentación de la declaración-liquidación del Impuesto sobre las Primas de seguros.
DESTINATARIOS
Están obligados a presentar el modelo 430 las entidades aseguradoras cuando realicen las operaciones gravadas por el impuesto y, en calidad de sustitutos del contribuyente, los representantes fiscales de las entidades aseguradoras domiciliadas en otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo que operen en España en régimen de libre prestación de servicios, con arreglo a lo previsto en el apartado nueve del artículo 12 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
ÓRGANO Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
La presentación telemática de la declaración correspondiente al modelo 430 y el ingreso correspondiente se efectuarán en los veinte primeros días naturales del mes siguiente a la finalización del correspondiente período de liquidación mensual, excepto la correspondiente al período de liquidación del mes de julio, que se presentará durante el mes de agosto y los veinte primeros días naturales del mes de septiembre inmediatamente posteriores, sin perjuicio de lo dispuesto en el número dos del apartado segundo de esta Orden.
FORMA DE PRESENTACIÓN
Telemática
NORMATIVA
- ORDEN EHA/3212/2004, de 30 de septiembre, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentacion telematica por internet de las declaraciones correspondientes a los modelos 308, 309, 341, 370, 371, 430 y 480.
- ORDEN EHA/1420/2008, de 22 de mayo, por la que se aprueban los modelos de declaracion del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en regimen de atribucion de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los periodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaracion e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentacion telematica, y se modifican otras disposiciones en relacion a la gestion de determinadas autoliquidaciones.