Última revisión
Modelo 380 de liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido en operaciones asimiladas a las importaciones. (Telemático)
Relacionados:
Orden: fiscal
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
Aprobado por Orden EHA/1308/2005, de 11 de mayo, el modelo 380 es el formulario telemático oficial por el que se liquida el IVA de las operaciones asimiladas a las importaciones, reguladas en el art. 19 LIVA. El modelo 380 será cumplimentado y presentado a través de la sede electrónica de la AEAT en los siguientes plazos:
a) Las operaciones definidas en los números 1. º , 2. º y 3. º del art. 19 LIVA, realizadas durante el año natural, se incluirán en una declaración-liquidación que se presentará en los 30 primeros días naturales del mes de enero del año siguiente.
b) Las operaciones definidas en el número 4. º del art. 19 LIVA producidas en cada trimestre natural, se incluirán en una declaración-liquidación que se presentará durante los 20 primeros días naturales del mes siguiente, excepto la correspondiente al cuarto trimestre, que se presentará durante los 30 primeros días naturales del mes de enero del año siguiente.
c) Las operaciones definidas en el número 5. º del art. 19 LIVA, realizadas en los períodos de liquidación mensual o trimestral que procedan, se incluirán en una declaración liquidación que se presentará durante los 20 primeros días naturales del mes siguiente, con las siguientes excepciones:
1. La correspondiente al período de liquidación del mes de julio, que se presentará durante el mes de agosto y los 20 primeros días naturales del mes de septiembre inmediatamente posteriores.
2. La correspondiente al último período del año, que se presentará durante los 30 primeros días naturales del mes de enero del año siguiente.