Última revisión
Modelo 370. Declaración-liquidación trimestral del IVA. Régimen General y Simplificado. Gipuzkoa
Relacionados:
Orden: fiscal
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 02/01/2023
Resumen:
Modelo 370. Declaración-liquidación trimestral del IVA. Régimen General y Simplificado. Gipuzkoa
OBJETO
Declarar as operaciones efectuadas en el trimestre anterior. En el Régimen Simplificado se declara en función de los índices, módulos y demás parámetros establecidos.
No se presentará el modelo 370 por el cuarto trimestre, toda vez que las operaciones referidas al mismo se declararán en el modelo anual 392.
DESTINATARIOS
Contribuyentes que tributen conjuntamente por el Régimen General y por el Régimen Simplificado.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Trimestral. A presentar dentro de los 25 primeros días naturales de los meses de abril, julio y octubre.
FORMA DE PRESENTACIÓN
Internet: Para los ejercicios 2017 y siguientes desde la plataforma web ZergaBidea. Se abrirá en una ventana nueva. y para los ejercicios 2016 y anteriores desde Gipuzkoataria . Se abrirá en una ventana nueva.cumplimentando un formulario o subiendo un fichero obtenido con el antiguo programa de ayuda(domiciliando el resultado en caso de que el resultado sea a ingresar). Modalidad obligatoria para determinados colectivos.
Papel: Mediante cumplimentación y entrega del impreso 370.
NORMATIVA
- Decreto Foral 102/1992, de 29 de diciembre, por el que se adapta la normativa fiscal del Territorio Histórico de Gipuzkoa a la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el Real Decreto 1041/1990, de 27 de julio, por el que se regulan las declaraciones censales que han de presentar a efectos fiscales los empresarios, los profesionales y otros obligados tributarios; el Real Decreto 338/1990, de 9 de marzo, por el que se regula la composición y la forma de utilización del número de identificación fiscal, el Real Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre, por el que se regula el deber de expedir y entregar factura que incumbe a los empresarios y profesionales, y el Real Decreto 1326/1987, de 11 de septiembre, por el que se establece el procedimiento de aplicación de las Directivas de la Comunidad Económica Europea sobre intercambio de información tributaria.
-Orden Foral 10/2023, de 16 de enero, por la que se aprueba el modelo 370, autoliquidación trimestral del régimen general y del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, y se regulan las formas y los plazos de su presentación e ingreso.