Última revisión
Modelo 353. IVA. Grupo de entidades. Modelo agregado. Autoliquidación mensual. (Telemático)
Relacionados:
Orden: fiscal
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 02/01/2023
Resumen:
Modelo 353. IVA. Grupo de entidades. Modelo agregado. Autoliquidación mensual
OBJETO
Presentación del modelo de autoliquidación agregado en el Impuesto sobre el Valor Añadido, que deberá presentar la entidad dominante, a través del cual se realiza el ingreso de la deuda tributaria o la solicitud de compensación o devolución.
DESTINATARIOS
El modelo 353 será presentado por la entidad dominante del grupo de entidades según los dispuesto en el artículo 163 quinquies Dos de la LIVA, y se incluirán los resultados de las autoliquidaciones individuales del período de liquidación respectivo de las entidades que integren el grupo y hayan optado por aplicar el régimen especial del grupo de entidades.
ÓRGANO Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Este modelo se dirigirá a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
La presentación de las autoliquidaciones correspondientes a los modelos 322 y 353, así como, en su caso, el ingreso de la cantidad resultante del modelo de autoliquidación 353, se efectuará en los treinta días naturales del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación mensual, o hasta el último día del mes de febrero en el caso de la declaración-liquidación mensual correspondiente al mes de enero.
FORMA DE PRESENTACIÓN
Telemática
NORMATIVA
LEY 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, y el modelo 039 de Comunicación de datos, correspondientes al Régimen especial del Grupo de Entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido.