Última revisión
Modelo 322. Grupo de entidades. Modelo 322. Gipuzkoa
Relacionados:
Orden: fiscal
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 02/01/2023
Resumen:
Modelo 322. Grupo de entidades. Modelo individual declaración mensual
DESTINATARIOS
Las entidades que formen parte de un grupo que vayan a aplicar el régimen especial previsto en el Capítulo IX del Título IX de la normativa del IVA.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Mensual. A presentar dentro de los 25 primeros días naturales de los meses de febrero a diciembre. La correspondiente a julio podrá efectuarse desde el 1 de agosto al 25 de septiembre.
Las operaciones referidas al mes de diciembre se incluirán en el modelo 393 anual.
FORMA DE PRESENTACIÓN
Internet: Mediante transmisión efectuada se tendrá por cumplida la oblifación de presentación.
NORMATIVA
Orden Foral 8/2023, de 16 de enero. Se abrirá en una ventana nueva, por la que se modifican los modelos 300, 320, 322 y 330 del impuesto sobre el valor añadido.
- Decreto Foral 102/1992, de 29 de diciembre, por el que se adapta la normativa fiscal del Territorio Histórico de Gipuzkoa a la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el Real Decreto 1041/1990, de 27 de julio, por el que se regulan las declaraciones censales que han de presentar a efectos fiscales los empresarios, los profesionales y otros obligados tributarios; el Real Decreto 338/1990, de 9 de marzo, por el que se regula la composición y la forma de utilización del número de identificación fiscal, el Real Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre, por el que se regula el deber de expedir y entregar factura que incumbe a los empresarios y profesionales, y el Real Decreto 1326/1987, de 11 de septiembre, por el que se establece el procedimiento de aplicación de las Directivas de la Comunidad Económica Europea sobre intercambio de información tributaria.