Última revisión
Modelo 320. Declaración-liquidación mensual de IVA. Grandes empresas. Gipuzkoa
Relacionados:
Orden: fiscal
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 02/01/2023
Resumen:
Modelo 320. Declaración-liquidación mensual de IVA. Grandes Empresas
OBJETO
Declarar as operaciones efectuadas en el mes anterior. No se presentará modelo 320 en el mes de diciembre, toda vez que las operaciones referidas al mismo se declararán en el modelo anual 390.
DESTINATARIOS
Contribuyentes que hayan realizado en el ejercicio anterior un volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 euros, y no estén inscritos en el Registro de devoluciones mensuales.
Empresarios/as y profesionales que operen dentro y fuera de Gipuzkoa y su volumen de operaciones del año anterior exceda de los 10 millones de euros, tributará a la Diputación Foral de Gipuzkoa en proporción al volumen de sus operaciones efectuadas en Gipuzkoa.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Mensual. A presentar dentro de los 25 primeros días naturales de los meses de febrero a diciembre. La correspondiente a julio podrá efectuarse desde el 1 de agosto al 25 de septiembre.
FORMA DE PRESENTACIÓN
Internet: Para los ejercicios 2017 y siguientes desde el programa de ayuda de la plataforma web ZergaBidea. Se abrirá en una ventana nueva. o mediante la transmisión desde esa misma plataforma del fichero elaborado por otro programa y para los ejercicios 2016 y anteriores desde Gipuzkoataria. Se abrirá en una ventana nueva. cumplimentando un formulario o subiendo un fichero obtenido con el antiguo programa de ayuda. Se abrirá en una ventana nueva.. Modalidad obligatoria para determinados colectivos.
A partir del 5 de mayo de 2021, se puede confeccionar mediante la imputación de los datos suministrados a través del SII, mediante la plataforma ZergaBidea. Se abrirá en una ventana nueva..
NORMATIVA
Orden Foral 8/2023, de 16 de enero. Se abrirá en una ventana nueva, por la que se modifican los modelos 300, 320, 322 y 330 del impuesto sobre el valor añadido.
- Decreto Foral 102/1992, de 29 de diciembre, por el que se adapta la normativa fiscal del Territorio Histórico de Gipuzkoa a la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el Real Decreto 1041/1990, de 27 de julio, por el que se regulan las declaraciones censales que han de presentar a efectos fiscales los empresarios, los profesionales y otros obligados tributarios; el Real Decreto 338/1990, de 9 de marzo, por el que se regula la composición y la forma de utilización del número de identificación fiscal, el Real Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre, por el que se regula el deber de expedir y entregar factura que incumbe a los empresarios y profesionales, y el Real Decreto 1326/1987, de 11 de septiembre, por el que se establece el procedimiento de aplicación de las Directivas de la Comunidad Económica Europea sobre intercambio de información tributaria.