Última revisión
Modelo 202 para la liquidación del pago fraccionado de IS e IRNR (Establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español). Telemático
Relacionados:
Orden: fiscal
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
El modelo 202 es el formulario telemático que permite liquidar el pago fraccionado del IRNR e IS en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Este modelo será presentado obligatoriamente para aquellos contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios sea superior a 6 millones de euros durante los doce meses anteriores a la fecha en que se inicie el período impositivo al que corresponda el pago fraccionado.
Para el resto de entidades, en los supuestos en que, de acuerdo con las normas reguladoras de los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de los no Residentes, no deba efectuarse ingreso alguno en concepto de pago fraccionado de los citados impuestos en el período correspondiente, no será obligatoria la presentación del modelo 202.
La comunicación de datos adicionales a la declaración sólo será obligatoria para los contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios, en los doce meses anteriores a la fecha en que se inicie el período impositivo al que corresponda el pago fraccionado sea al menos de 10 millones de euros. Este modelo 202 se presentará, de forma exclusivamente telemática, durante los primeros veinte días naturales de los meses de abril, octubre y diciembre de cada año natural.