Última revisión
Modelo 184 IRPF. Declaración Informativa. Entidades en régimen de atribución de rentas. Declaración anual. Bizkaia
Relacionados:
Orden: fiscal
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 10/03/2023
Resumen:
Importante: pendiente de actualización por L-25570681
Modelo 184 IRPF. Declaración Informativa. Entidades en régimen de atribución de rentas. Declaración anual. Bizkaia
DESTINATARIOS
El modelo 184 deberá ser utilizado por las entidades en régimen de atribución de rentas con domicilio fiscal en Bizkaia que ejerzan una actividad económica o cuyas rentas excedan de 3.000 euros anuales.
⇒ La obligación de información deberá ser cumplida por quien tenga la consideración de representante de la entidad en régimen de atribución de rentas de acuerdo con lo previsto en la Norma Foral General Tributaria, es decir por quien ostente dicha representación, siempre que resulte acreditada de forma fehaciente, y de no haberse designado representante, se considerará como tal el que aparentemente ejerza la gestión o dirección y, en su defecto, cualquiera de sus miembros o participes que integren o compongan la entidad.
FORMAS DE PRESENTACIÓN
La presentación por vía telemática se regirá según lo establecido en la Orden Foral 3.225/2005, de 23 de diciembre, por la que se regula el procedimiento para la presentación telemática del modelo 184, de declaración informativa anual de entidades en régimen de atribución de rentas.
Para la presentación telemática por vía Editran se estará a lo dispuesto en el Reglamento de gestión de los tributos del Territorio Histórico de Bizkaia aprobado por Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 112/2009, de 21 de julio.
De acuerdo con lo establecido en la Orden Foral 342/2008, de 5 de febrero, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática por Internet para determinados obligados tributarios, las entidades en régimen de atribución de rentas con un mínimo de diez empleados por cuenta ajena estarán obligados a presentar el modelo 184 por vía telemática. → Para el resto de entidades en régimen de atribución de rentas la presentación telemática tendrá carácter optativo.
ÓRGANO Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
El modelo 184, tanto en la modalidad de impreso como en soporte directamente legible por ordenador, deberá presentarse, en las dependencias de la Hacienda Foral de Bizkaia, durante el mes de febrero de cada año, en relación con las rentas obtenidas por la entidad y las rentas atribuibles a cada uno de sus miembros en el año inmediato anterior.
NORMATIVA
L-13157830
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