Última revisión
Modelo 130. IRPF. Pago fraccionado. Empresarios y profesionales. Bizkaia
Relacionados:
Orden: fiscal
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
Modelo 130. IRPF. Pago fraccionado. Empresarios y profesionales. Bizkaia
DESTINATARIOS
Todo contribuyente que realice actividades empresariales, profesionales, artísticas o deportivas. La autoliquidación será única por el conjunto de todas las actividades que realice el o la contribuyente.
⇒ No eximirá de la obligación de declarar la circunstancia de que en algún trimestre el importe del pago fraccionado resulte negativo.
No presentan autoliquidación:
Los y las contribuyentes que desarrollen actividades agrícolas, ganaderas o forestales, cuando en el penúltimo año anterior al que correspondan los pagos fraccionados, al menos el 70% de los ingresos procedentes de la explotación, exceptuando las subvenciones corrientes o de capital y las indemnizaciones, fueron objeto de retención o ingreso a cuenta.
Los y las contribuyentes que desarrollen actividades profesionales, cuando en el penúltimo año anterior al que correspondan los pagos fraccionados, al menos el 70% de los ingresos de la actividad fueron objeto de retención o ingreso a cuenta.
→ En el ejercicio de inicio de actividad y en el siguiente, se tendrá en cuenta el porcentaje de ingresos que haya sido objeto de retención o ingreso a cuenta durante el período a que se refiere el pago fraccionado
ÓRGANO Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Se presentará trimestralmente (cualquiera que sea la actividad y la modalidad de estimación de los rendimientos netos) en los plazos comprendidos entre los días 1 y 25 de los meses de abril, julio, octubre y enero.
FORMA DE PRESENTACIÓN
- Presencial. Las autoliquidaciones se presentarán en la Oficina Gestora del Impuesto de la Hacienda Foral o Entidades colaboradoras.
NORMATIVA
- ORDEN FORAL del diputado foral de Hacienda y Finanzas 636/2014, de 17 de marzo, por la que se aprueba el modelo 130 correspondiente al pago fraccionado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.