Última revisión
Formulario de solicitud de resolución administrativa expresa ante la Administración Tributaria
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 23/05/2017
Resumen:
La Administración tributaria está obligada a dictar resolución expresa y notificarla en todos los procedimientos, cualquiera que sea su forma de iniciación. No obstante, no existirá obligación de resolver expresamente en los procedimientos relativos al ejercicio de derechos que sólo deban ser objeto de comunicación por el obligado tributario y en los que se produzca la caducidad, la pérdida sobrevenida del objeto del procedimiento, la renuncia o el desistimiento de los interesados.
Cuando el interesado solicite expresamente que la Administración tributaria declare que se ha producido alguna de las referidas circunstancias, ésta quedará obligada a contestar a su petición. (L-23461061-21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y L-696586-103 de la LEY 58/2003, de 17 de diciembre).
ÓRGANO COMPETENTE [ESPECIFICAR]
Don/Doña [NOMBRE] con NIF [NIF] y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], actuando en su propio nombre(1), comparece y
EXPONE
PRIMERO: Que ante este …
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