Última revisión
Recurso de reposición contra providencia de apremio por haber prescrito la acción para exigir el pago
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
Tal como indica el art. 167.3 de la Ley General Tributaria, contra la providencia de apremio sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición:
«a) Extinción total de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago.
b) Solicitud de aplazamiento, fraccionamiento o compensación en período voluntario y otras causas de suspensión del procedimiento de recaudación.
c) Falta de notificación de la liquidación.
d) Anulación de la liquidación.
e) Error u omisión en el contenido de la providencia de apremio que impida la identificación del deudor o de la deuda apremiada.»
El siguiente modelo facilita la formulación de oposición frente a la providencia de apremio con base en el art. 167.3.a) LGT.
JEFATURA DE LA DEPENDENCIA / DEPENDENCIA REGIONAL DE RECAUDACIÓN DE LA DELEGACIÓN / DELEGACIÓN ESPECIAL DE LA AEAT DE [CIUDAD]
D./D.ª [NOMBRE] con N.I.F. [NIF] con domicilio fiscal en [DOMICILIO] y …
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