Última revisión
Recurso de alzada ordinario (artículo 241 LGT)
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
Contra las resoluciones dictadas en primera instancia por los tribunales económico-administrativos regionales y locales y por los órganos económico-administrativos de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades con Estatuto de Autonomía podrá interponerse recurso de alzada ordinario ante el Tribunal Económico-Administrativo Central en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación de las resoluciones.
AL TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO CENTRAL
Don/Doña [NOMBRE] con N.I.F. [NIF] con domicilio fiscal en [DOMICILIO] y domicilio a efecto de notificaciones en [DOMICILIO], actuando en nombre …
Ver el documento "Recurso de alzada ordinario (artículo 241 LGT)"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas