Denuncia por delito de ad... de fincas

Última revisión
24/07/2024

Denuncia por delito de administración desleal contra administrador de fincas

Tiempo de lectura: 3 min

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Orden: penal

Fecha última revisión: 24/07/2024

Resumen:

De acuerdo con lo establecido en el art. 252 del Código Penal:

«1. Serán castigados con las penas del artículo 248 o, en su caso, con las del artículo 250, los que teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, emanadas de la ley, encomendadas por la autoridad o asumidas mediante un negocio jurídico, las infrinjan excediéndose en el ejercicio de las mismas y, de esa manera, causen un perjuicio al patrimonio administrado.

2. Si la cuantía del perjuicio patrimonial no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses».

El siguiente modelo permitirá denunciar al administrador de una finca por delito de administración desleal.


AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE [LOCALIDAD]

Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], en nombre y representación de Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], con DNI [NUMERO] y con domicilio [DOMICILIO], según se acredita mediante poder que acompaño, actuando en representación de la Comunidad de Propietarios sita en [DESCRIPCION], bajo la dirección letrada de Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE] ante este juzgado comparezco y, como mejor proceda en derecho, DIGO:

I.- Por medio del presente escrito presento DENUNCIA del delito de apropiación indebida contra Don/Doña [NOMBRE_PARTECONTRARIA], mayor edad, con DNI [NUMERO] y con domicilio [DOMICILIO_PARTECONTRARIA].

II.- Los hechos en los que se basa esta demanda son:

HECHOS (1)

PRIMERO.- La presente denuncia se presenta en representación de la Comunidad de propietarios así como a título personal de la denunciante, a su vez, representante de la comunidad actuante.

(Se acompaña acta de junta de [FECHA], como doc. [NÚMERO] donde se faculta a la hoy actora para promover la presente denuncia)

SEGUNDO.- El hoy denunciado prestó los servicios de administrador de fincas de la comunidad de propietarios constituida en el edificio sito en [DESCRIPCION] desde el [FECHA].

(Se acompaña copia del acta de designación como administrador, como doc. [NÚMERO])

TERCERO.- En una de las últimas juntas, a la vista de la precariedad económica de las cuentas de la comunidad, las cuales no constituían capital suficiente para sufragar los impuestos locales , se decidió efectuar una derrama a los efectos de hacerse cargo de los mismos.

(Se acompaña copia del acta donde se concretó el pago y la cantidad, así como la finalidad, como doc. [NÚMERO])

CUARTO.- Sin embargo, por parte del administrador denunciado, no se procedió al pago de la cuantía en el plazo estipulado por lo que el recargo de la sanción ascendió a [CANTIDAD], cuantía extraordinaria que se tuvo que abonar tras realizar junta extraordinaria.

(Se acompaña como doc. [NÚMERO] y doc. [NÚMERO] certificado del ingreso a la administración, junto con el requerimiento de la misma de pago con recargo).

QUINTO.- El hoy denunciado intentó justificarse aun siendo conocedor de la importancia de realizar el pago a la administración y perjudicando a la comunidad.

SEXTO.- Entendemos, por tanto, que se ha procedido a incurrir en el tipo del art. 252 del CP, y ello sin perjuicio de ulterior calificación, que nos indica que: «1. Serán castigados con las penas del artículo 248 o, en su caso, con las del artículo 250, los que teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, emanadas de la ley, encomendadas por la autoridad o asumidas mediante un negocio jurídico, las infrinjan excediéndose en el ejercicio de las mismas y, de esa manera, causen un perjuicio al patrimonio administrado.

2. Si la cuantía del perjuicio patrimonial no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses».

Nuestro Tribunal Supremo ha venido indicando, por ejemplo en STS, n.º 163/2016, de 2 de marzo, ECLI:ES:TS:2016:826: «la más reciente doctrina jurisprudencial que establece como criterio diferenciador entre el delito de apropiación indebida y el de administración desleal la disposición de los bienes con carácter definitivo en perjuicio de su titular (caso de la apropiación indebida) y el mero hecho abusivo de aquellos bienes en perjuicio de su titular pero sin pérdida definitiva de los mismos (caso de la administración desleal), por todas STS 476/2015, de 13 de julio (2)».

Por todo ello,

SUPLICO AL JUZGADO:

Tenga por presentado este escrito de DENUNCIA DE UN DELITO DE ADMINISTRACIÓN DESLEAL, sin perjuicio de ulterior calificación, con los documentos que se acompañan, lo admita, proceda a la averiguación de los hechos y se llegue a procesar a la persona acusada. 

Por ser justicia en [LUGAR] a [FECHA]

 

Ldo./Lda. [NOMBRE_LETRADO_CLIENTE]       Procurador/a [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE]


(1) Descripción de los hechos con la mayor exactitud posible y las demás circunstancias y pormenores de lo ocurrido

(2) Sentencia del Tribunal Supremo n.º 476/2015, de 13 de julio, ECLI:ES:TS:2015:3484

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