Última revisión
Demanda de juicio ordinario de solicitud de deslinde y amojonamiento
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Orden: civil
Fecha última revisión: 01/01/2024
El artículo 348 del Código Civil establece que la propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa o un animal, sin más limitaciones que las que se establecen en las leyes. De la misma forma, el propietario tiene derecho a deslindar su propiedad, con citación de los dueños de los predios colindantes, siguiendo lo dispuesto en el artículo 384 del Código Civil.
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LOCALIDAD] QUE POR TURNO CORRESPONDA
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, con domicilio en [DESCRIPCIÓN] según acredito mediante [COPIA DE ESCRITURA PÚBLICA/PODER APUD ACTA], comparezco ante este juzgado bajo la dirección letrada de D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE]...
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