Última revisión
Contrato de compraventa a distancia. Vendedor empresario o profesional y comprador consumidor y usuario
Relacionados:
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 21/01/2019
Resumen:
Las ventas a distancia son aquellas celebradas sin la presencia simultánea de comprador y vendedor, siempre que su oferta y aceptación se realicen de forma exclusiva a través de una técnica de comunicación a distancia y dentro del sistema de contratación a distancia organizado por el vendedor.
El apartado 2 del
Debemos tener en cuenta el derecho de desistimiento del consumidor o usuario. Derecho otorgado por el
El
“1. El derecho de desistimiento de un contrato es la facultad del consumidor y usuario de dejar sin efecto el contrato celebrado, notificándoselo así a la otra parte contratante en el plazo establecido para el ejercicio de ese derecho, sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización de ninguna clase.
Serán nulas de pleno de derecho las cláusulas que impongan al consumidor y usuario una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento.
2. El consumidor tendrá derecho a desistir del contrato en los supuestos previstos legal o reglamentariamente y cuando así se le reconozca en la oferta, promoción publicidad o en el propio contrato.
3. El derecho de desistimiento atribuido legalmente al consumidor y usuario se regirá en primer término por las disposiciones legales que lo establezcan en cada caso y en su defecto por lo dispuesto en este Título”.
CONTRATO DE COMPRAVENTA A DISTANCIA
En [LOCALIDAD], a [FECHA].
REUNIDOS
DE UNA PARTE.- D./Dña. [NOMBRE], mayor de edad, con N.I.F. núm. [DNI] y domicilio a efecto de notificaciones en [DOMICILIO].
DE …
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