Última revisión
Contestación a demanda de juicio ordinario en reclamación de cantidad con reconvención por intereses usurarios y cláusulas abusivas
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Orden: civil
Fecha última revisión: 19/02/2024
Al contestar a la demanda, por medio de reconvención el demandado podrá formular las pretensiones que crea que le competen respecto del demandante. La reconvención se propondrá a continuación de la contestación y se acomodará a lo que se establece en el artículo 399 L.E.C. La reconvención habrá de expresar con claridad la concreta tutela judicial que se pretende obtener respecto del actor y, en su caso, de otros sujetos. En ningún caso se considerará formulada reconvención en el escrito del demandado que finalice solicitando su absolución respecto de la pretensión o pretensiones de la demanda principal.
En el contexto de los contratos de tarjeta «revolving», el interés estipulado puede ser declarado nulo si no supera el doble control de transparencia, criterio jurisprudencial del Tribunal Supremo que permite evaluar en el caso concreto si el consumidor pudo, por un lado, conocer plenamente la carga onerosa del crédito concertado (control de inclusión), y por otro, comparar las distintas ofertas de las entidades de crédito para elegir la más favorable (control de transparencia propiamente dicha).
Por su parte, la sentencia del Tribunal Supremo, n.º 258/2023, de 15 de febrero, ECLI:ES:TS:2023:442 determina el criterio a tener en cuenta para calificar de usurario el interés remuneratorio estipulado en un contrato de tarjeta «revolving». En este sentido, habrá de entenderse usuraria la TAE que supere en 6 puntos al interés medio de mercado vigente en el momento de la contratación. Este interés medio de mercado se extraerá del boletín estadístico del Banco de España, que desde junio de 2010 viene publicando el TEDR (tipo efectivo de definición restringida), interés que equivale a la TAE sin las comisiones (en caso de contratos suscritos antes de junio de 2010 se acudirá al tipo medio TEDR para 2010, a saber, el 19,32). De este modo, para saber si la TAE estipulada en el contrato es usuraria, habrá que compararla con el tipo resultante de añadir las comisiones al TEDR, y verificar si entre ambos existe una diferencia superior a 6 puntos.
El formulario disponible a continuación permitirá al titular de una tarjeta «revolving», demandado por la entidad financiera en reclamación de cantidad, contestar y reconvenir contra el banco solicitando la nulidad del contrato por la existencia de cláusulas abusivas e intereses usurarios.
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LOCALIDAD] QUE POR TURNO CORRESPONDA
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE] Procurador/a de los Tribunales, colegiado/a n.º [NÚMERO_COLEGIADO/A] en nombre y representación de Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, con DNI/NIE n.º [NÚM. DOCUMENTO], con domicilio a efectos de notificación [DOMICILIO_CLIENTE], con DNI/NIE n.º [NÚM. DOCUMENTO], con domicilio a efe...
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