Última revisión
Contestación a demanda de acción de retracto de crédito litigioso
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 02/04/2019
Resumen:
"Vendiéndose un crédito litigioso, el deudor tendrá derecho a extinguirlo, reembolsando al cesionario el precio que pagó, las costas que se le hubiesen ocasionado y los intereses del precio desde el día en que éste fue satisfecho.
Se tendrá por litigioso un crédito desde que se conteste a la demanda relativa al mismo.
El deudor podrá usar de su derecho dentro de nueve días, contados desde que el cesionario le reclame el pago".
Se ha escrito mucho sobre esta acción de retracto de un crédito litgioso. Además, esta acción es si cabe más dudosa cuando el derecho de crédito se vende a través de la venta en globo de una cartera de créditos.
Es importante la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid 235/2017 de 26 de junio, ya que establece los presupuestos de ejercicio de este derecho.
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO [NUMERO] DE [LOCALIDAD]
[NOMBRE], Procuradora de los Tribunales, y de [NOMBRE_EMPRESA], S.L.U. según representación que acredito mediante escritura de poder …
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