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Subrogación "inter vivos" en un contrato de arrendamiento de local de negocio
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Orden: civil
Fecha última revisión: 04/02/2019
Resumen:
En relación con las subrogaciones ínter vivos, sólo se reconoce su existencia previo consentimiento escrito del arrendador, tal y como se dispone en el Preámbulo de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU).
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [AÑO]
REUNIDOS
De una parte, D./Dña. [NOMBRE DEL ARRENDADOR] mayor de edad, [ESTADO CIVIL], [PROFESION], domiciliado en [DOMICILIO], con NIF nº [NÚMERO]
Y de otra …
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