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Solicitud de suspensión discrecional de la ejecución del acto impugnado en vía económica-administrativa, sin garantía, por considerar el tribunal que dicha suspensión podría causar perjuicios de difícil o imposible reparación
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 02/09/2020
Resumen:
El artículo 233 de la Ley General Tributaria (LGT) establece los casos de suspensión de la ejecución del acto impugnado en vía económico-administrativa. En su apartado 4, dicho precepto se refiere a los casos en que la ejecución pudiera causar perjuicios de difícil o imposible reparación, en los cuales se dispensa total o parcialmente de las garantías.
SR./A JEFE/A DE LA DEPENDENCIA REGIONAL DE RECAUDACIÓN DE [CIUDAD]
DELEGACIÓN ESPECIAL DE LA AGENCIA TRIBUTARIA DE [CIUDAD]
D. [NOMBRE] con NIF [NIF] con domicilio fiscal en [DOMICILIO] y domicilio a …
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