Última revisión
Solicitud de indemnización de daños y perjuicios por embargo preventivo
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 17/02/2021
Resumen:
Si el deudor se personare por sí o por representante dentro de los cinco días siguientes a aquel en que se le requirió de pago y negare categóricamente la autenticidad de su firma o alegare falta absoluta de representación, podrá el tribunal, a la vista de las circunstancias del caso y de la documentación aportada, alzar los embargos que se hubieren acordado, exigiendo, si lo considera conveniente, la caución o garantía adecuada. (Art. 823
Procedimiento [NUMERO]
Autos [ESPECIFICAR]
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LOCALIDAD]
D./Dña. [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de D./Dña. …
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