Última revisión
Solicitud de adjudicación de inmueble en subasta desierta
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
Expone el art. 671 de la LEC que «Si en la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo de los veinte días siguientes al del cierre de la subasta, pedir la adjudicación del bien. Si no se tratare de la vivienda habitual del deudor, el acreedor podrá pedir la adjudicación por el 50 por cien del valor por el que el bien hubiera salido a subasta o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos. Si se tratare de la vivienda habitual del deudor, la adjudicación se hará por importe igual al 70 por cien del valor por el que el bien hubiese salido a subasta o si la cantidad que se le deba por todos los conceptos es inferior a ese porcentaje, por el 60 por cien. Se aplicará en todo caso la regla de imputación de pagos contenida en el artículo 654.3.»
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO [NÚMERO] DE [LOCALIDAD]
Procedimiento [DESCRIPCION]
Autos [NUMERO]/[NUMERO]
D./D.ª [NOMBRE], Procurador de los Tribunales, Colegiado número [NUMERO], ICA …
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