Última revisión
Solicitud de aplicación del régimen especial de entidades navieras en función del tonelaje (Impuesto sobre Sociedades)
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
El régimen de entidades navieras en función de tonelaje se encuentra regulado en los artículos 113-117 Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. Pueden acogerse a este régimen especial las entidades inscritas en alguno de los registros de empresas navieras referidos en el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, entidades que realicen la gestión técnica y de tripulación de buques incluidos en el régimen especial, entre otras. Estas entidades deberán calcular la parte de base imponible correspondiente a través de la aplicación de una escala al número de toneladas de registro neto de cada uno de los buques. Para acogerse al régimen es necesario contar con la autorización previa del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
La aplicación del mismo estará condicionada a la autorización por el Ministerio de Hacienda previa instancia del contribuyente, por ello presentamos un modelo de solicitud.
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Don/Doña [NOMBRE] con N.I.F. [NIF] con domicilio fiscal en [DOMICILIO] y domicilio a efecto de notificaciones en …
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