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Reclamación previa ante el SPEE frente a la resolución que deniega el subsidio por desempleo tras agotar la prestación contributiva y ser mayor de cuarenta y cinco años [art. 274 b) LGSS]
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 25/06/2024
Tal como dispone el art. 71 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, será requisito necesario para formular demanda en materia de prestaciones de Seguridad Social, que los interesados interpongan reclamación previa ante la Entidad gestora de las mismas.
La reclamación previa deberá interponerse ante el órgano competente que haya dictado resolución sobre la solicitud inicial del interesado, en el plazo de treinta días desde la notificación de la misma, si es expresa, o desde la fecha en que, conforme a la normativa reguladora del procedimiento de que se trate, deba entenderse producido el silencio administrativo.
El siguiente formulario permite impugnar ante el SPEE la resolución negativa de la concesión de un subsidio por desempleo haciendo referencia al cumplimiento genérico de las obligaciones establecidas en el art. 274 LGSS y el específico para la modalidad en concreto.
A LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL DE [PROVINCIA] (1)
D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR_A], mayor de edad, con DNI n.º [DNI_TRABAJADOR], afiliado a la Seguridad Social n.º [NUM_SEG_SOCIAL_TRABAJADOR] y domicilio a efectos de notificación en [DOMICILIO_TRABAJADOR], ante esa DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO de [PROVINCIA] comparezco y
EXPONGO
Que, con fecha [DI...Ver el documento "Reclamación previa ante el SPEE frente a la resolución que deniega el subsidio por desempleo tras agotar la prestación contributiva y ser mayor de cuarenta y cinco años [art. 274 b) LGSS]"
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