Última revisión
Escrito de queja al juez de vigilancia penitenciaria por no conceder entrevista con el Equipo Técnico
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Orden: penal
Fecha última revisión: 19/10/2021
Los internos podrán formular directamente las peticiones o quejas o interponer recursos ante el Juez de Vigilancia Penitenciaria en los supuestos a que se refiere el artículo 76 de la Ley Orgánica General Penitenciaria. Cuando el escrito de queja o de recurso se presente ante cualquier oficina de Registro de la Administración Penitenciaria, se remitirá en el plazo máximo de tres días al Juez de Vigilancia Penitenciaria correspondiente (Art. 54 del
AL JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA N.º [NÚMERO] DE [LOCALIDAD]
D./D.ª [NOMBRE_INTERNO], interno/a del Centro Penitenciario de [LOCALIDAD], cuyas circunstancias personales se exponen en el expediente número [NÚMERO], ante el juzgado comparezco y como mejor proceda en derecho,
DIGO
Que por medio del presente escrito vengo a interponer QUEJA por no habérseme concedido el derecho de entrevistarme co...
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