Última revisión
Escrito de la parte demandante por el que se fija la cuantía del recurso contencioso-administrativo a requerimiento del Letrado de la Administración de Justicia
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Orden: administrativo
Fecha última revisión: 06/05/2024
Resumen:
El artículo 40, apartado 2 de la Ley 29/1988 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa establece el procedimiento de cuantía. El LAJ fija la cuantía del recurso contencioso-administrativo después de los escritos de demanda y contestación. Si el demandante no fija la cuantía, el LAJ requerirá al demandante para que lo haga. Si el demandado no está de acuerdo con la cuantía fijada, expondrá por escrito su disconformidad en un plazo de 10 días. La parte perjudicada por la resolución podrá fundar el recurso de queja en la cuestión de la cuantía.
AL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE [LOCALIDAD]
Don / Doña. [NOMBRE PROCURADOR], Procurador/a de los Tribunales, actuando en nombre y representación de [NOMBRE], mayor de edad, con DNI …
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