Última revisión
Otorgamiento de representación de Sociedad Anónima o Sociedad de Limitada por Administrador Único
Relacionados:
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 01/01/2023
El art. 233 de la Ley de Sociedades de Capital expresa:
«1. En la sociedad de capital la representación de la sociedad, en juicio o fuera de él, corresponde a los administradores en la forma determinada por los estatutos, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente.
2. La atribución del poder de representación se regirá por las siguientes reglas:
a) En el caso de administrador único, el poder de representación corresponderá necesariamente a éste.»
La representación se extenderá a todos los actos comprendidos en el objeto social delimitado en los estatutos y cualquier limitación de las facultades representativas de los administradores, aunque se halle inscrita en el Registro Mercantil, será ineficaz frente a terceros. La sociedad quedará obligada frente a terceros que hayan obrado de buena fe y sin culpa grave, aún cuando se desprenda de los estatutos inscritos en el Registro Mercantil que el acto no está comprendido en el objeto social.
De conformidad con lo expuesto, el siguiente modelo permite otorgar la representación de la Sociedad Anónima a su Consejo de Administración.
REPRESENTACIÓN DE SOCIEDAD O SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA POR ADMINISTRADOR ÚNICO
Ante mí, D./D.ª [NOMBRE_NOTARIO] del Ilustre Colegio [COLEGIO_NOTARIO]
COMPARECEN
De una parte, D./D.ª [NOMBRE], vecino/a de [LOCALIDAD], con DNI n.º [DNI], que actúa en su propio nombre, y
De otra parte, D./D.ª [NOMBRE, vecino/a de [LOCALIDAD], con DNI/NIF n.º [DNI] mayor de edad
INTERVIENE
en nombre y represen...
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