Última revisión
Disconformidad con la propuesta de sanción en un procedimiento de inspección
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2024
El obligado tributario puede explanar su disconformidad con una propuesta de sanción, argumentando su posición en contra de la propuesta, tal como establece el artículo 25 en su apartado 5 y 6 del Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general del régimen sancionador tributario, establece que:
«5. Con ocasión del trámite de alegaciones, el interesado podrá manifestar de forma expresa su conformidad o disconformidad con la propuesta de resolución del procedimiento sancionador que se le formule, de forma que se presumirá su disconformidad si no se pronuncia expresamente al respecto
6. Si el interesado manifiesta su disconformidad a la propuesta de sanción, el órgano competente para imponer la sanción dictará resolución motivada, sin perjuicio de que previamente pueda ordenar que se amplíen las actuaciones practicadas».
AL/A LA INSPECTOR/A-JEFE/A DE [LUGAR]
Don/Doña [NOMBRE] con NIF [NIF] con domicilio fiscal en [DOMICILIO], domicilio a efecto de notificaciones en [DOMICILIO], correo electrónico [EMAIL], teléfono [FIJO O MOVIL], actuando en nombre propio ante esa Administración (1), interpongo el presente recurso de reposición contra la providencia de apremio, y como mejor proceda en Derecho, EXPONE:
PRIMERO.- En ...
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