Última revisión
Comunicación de traslado al trabajador (genérica)
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
De conformidad con lo expuesto en el art. 40 del Estatuto de los Trabajadores, «El traslado de trabajadores que no hayan sido contratados específicamente para prestar sus servicios en empresas con centros de trabajo móviles o itinerantes a un centro de trabajo distinto de la misma empresa que exija cambios de residencia requerirá la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen. Se considerarán tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa, así como las contrataciones referidas a la actividad empresarial.
La decisión de traslado deberá ser notificada por el empresario al trabajador, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de treinta días a la fecha de su efectividad.» Dicha notificación podrá redactarse con ayuda del siguiente formulario.
En [LUGAR], a [DIA] de [MES] de [AÑO].
[DATOS EMPRESA]
Estimado/a Sr./Sra. [NOMBRE_TRABAJADOR_A],
Con motivo de [ESPECIFICAR] (1) nos vemos en la necesidad de de trasladar su puesto de trabajo a la …
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