Última revisión
Alegaciones en el trámite de audiencia posterior a la propuesta de resolución
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2023
Dispone el art. 99.8 de la Ley General Tributaria que «En los procedimientos tributarios se podrá prescindir del trámite de audiencia previo a la propuesta de resolución cuando se suscriban actas con acuerdo o cuando en las normas reguladoras del procedimiento esté previsto un trámite de alegaciones posterior a dicha propuesta. En este último caso, el expediente se pondrá de manifiesto en el trámite de alegaciones.
El trámite de alegaciones no podrá tener una duración inferior a 10 días ni superior a 15.»
De acuerdo con lo anterior, el interesado podrá presentar alegaciones con carácter posterior a la propuesta de resolución, pudiendo para ello valerse del siguiente formulario.
ADMINISTRACIÓN DE LA AEAT DE [LUGAR]
UNIDAD DE GESTIÓN DE GRANDES EMPRESAS DE LA DELEGACION ESPECIAL DE [LUGAR]
DELEGACIÓN CENTRAL DE GRANDES CONTRIBUYENTES
Órgano administrativo instructor: [ORGANO]
Número de expediente: [NUMERO]
Fecha: [FECHA]
D./D.ª [NOMBRE] con NIF[NIF_CIF_DNI_CLIENTE] con domicilio fiscal en [DOMICILIO] y domicilio a efectos de comunicaciones en [DOMICILIO_CLIENTE] actuando en no...
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