Última revisión
Contrato de cesión de los derechos de autor de explotación de una obra
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 15/05/2019
Según el art.
Según el artículo
"26.º Los servicios profesionales, incluidos aquéllos cuya contraprestación consista en derechos de autor, prestados por artistas plásticos, escritores, colaboradores literarios, gráficos y fotográficos de periódicos y revistas, compositores musicales, autores de obras teatrales y de argumento, adaptación, guión y diálogos de las obras audiovisuales, traductores y adaptadores. (…)”.
Para poder aplicar la exención en el IVA en la cesión de derechos de autor, quien perciba los ingresos por esa cesión debe ser persona física, si se trata de una sociedad mercantil u otra persona jurídica deberá aplicarse IVA.
Es importante recalcar que, los ingresos deberán ser percibidos en concepto de cesión de derechos de autor, ya que no se encuentra exenta la prestación del servicio realizados por autores, artistas, etc.
Pueden consultar:
Resolución No Vinculante de Dirección General de Tributos, 0650-01 de 27 de Marzo de 2001
Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V0721-18 de 16 de Marzo de 2018
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [ANIO]
REUNIDOS
De una parte, D./Dña. [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, con [DOMICILIO_CLIENTE] y provisto de [NIF_CIF_DNI_CLIENTE], en adelante el AUTOR.
Y de otra, D./Dña. [NOMBRE_PARTECONTRARIA], mayor de edad, con [DOMICILIO_PARTECONTRARIA] y provisto de [NIF_CIF_DNI_PARTECONTRARIA], en adelante el EDITOR.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad legal ne...
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