Última revisión
Contrato de arrendamiento de vivienda superior a cinco años con exclusión del derecho de subrogación
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Orden: civil
Fecha última revisión: 22/04/2019
"En arrendamientos cuya duración inicial sea superior a cinco años, o siete años si el arrendador fuese persona jurídica, las partes podrán pactar que no haya derecho de subrogación en caso de fallecimiento del arrendatario, cuando este tenga lugar transcurridos los cinco primeros años de duración del arrendamiento, o los siete primeros años si el arrendador fuese persona jurídica, o que el arrendamiento se extinga a los cinco años cuando el fallecimiento se hubiera producido con anterioridad, o a los siete años si el arrendador fuese persona jurídica. En todo caso, no podrá pactarse esta renuncia al derecho de subrogación en caso de que las personas que puedan ejercitar tal derecho en virtud de lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo se encuentren en situación de especial vulnerabilidad y afecte a menores de edad, personas con discapacidad o personas mayores de 65 años." (Artículo
En [LOCALIDAD] a [DIA] de [MES] de [AÑO]
REUNIDOS
De una parte,
Don/ Doña [NOMBRE], con DNI [NÚMERO], mayor de edad, con domicilio en Ciudad [CIUDAD], C/ [CALLE], con teléfono [NÚMERO] en adelante la parte ARRENDADORA.
Y de otra,
Don/ Doña [NOMBRE] con DNI [NÚMERO] y Don/ Doña [NOMBRE] con DNI [NÚMERO] mayores de edad, ambos con domicilio en [CIUDAD], C/ [CALLE], teléfonos [NÚMERO] y [NÚMERO], en ...
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