Última revisión
Comunicación a la autoridad laboral de finalización de periodo de consultas y la aplicación de la suspensión o reducción de jornada temporal (ERTE)
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 03/06/2021
Resumen:
El procedimiento, que será aplicable cualquiera que sea el número de trabajadores de la empresa y del número de afectados por la suspensión/reducción, se iniciará mediante comunicación a la autoridad laboral competente y la apertura simultánea de un período de consultas con los representantes legales de los trabajadores de duración no superior a quince días (arts. 47
A LA [AUTORIDAD_LABORAL_COMPETENTE]
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [ANIO].
D./D.ª [NOMBRE_REPRESENTANTE_LEGAL_EMPRESA] en mi calidad de [CARGO] de la empresa [NOMBRE_EMPRESA], con CIF núm. …
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