Última revisión
Cláusula anexa al contrato de trabajo indefinido adscrito a obra
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 25/09/2023
Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre (reforma laboral 2021-2022), el antiguo contrato de obra o servicio determinado correspondiente al sector de la construcción que tenía carácter temporal, se convierte en indefinido.
A partir del 31 de diciembre de 2021, en virtud de la D.A. 3ª de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, «tendrán la consideración de contratos indefinidos adscritos a obra aquellos que tengan por objeto tareas o servicios cuya finalidad y resultado estén vinculados a obras de construcción», trayendo consigo una serie de cambios relevantes, entre los que destacan:
- La extinción del contrato por motivos inherentes a la persona trabajadora, siendo una modalidad nueva de extinción de contrato sin perjuicio de las previstas en el ET.
- La obligación de la empresa —tras la finalización de la obra— a efectuarle al trabajador una propuesta de recolocación (por escrito y que la persona trabajadora tendrá que aceptar o rechazar) que deberá contener:
- las condiciones esenciales,
- la ubicación de la obra,
- la fecha de incorporación a la misma y,
- las acciones formativas exigibles para ocupar el nuevo puesto.
- La negociación colectiva y la representación de los trabajadores, ya que se potencia la información a los mismos.
La propuesta de recolocación será formalizada por escrito mediante una cláusula que se anexará al contrato de trabajo. Esta cláusula, que deberá precisar las condiciones esenciales, ubicación de la obra y fecha de incorporación a la misma, así como las acciones formativas exigibles para ocupar el nuevo puesto, será sometida a aceptación por parte de la persona trabajadora con quince días de antelación a la finalización de su trabajo en la obra en la que se encuentre prestando servicios.
Modelo actualizado al VII Convenio colectivo general del sector de la construcción (Boletín Oficial del Estado num. 228 de 23/09/2023).
* Téngase en cuenta que no existe un modelo oficial específico para formalizar un contrato de trabajo indefinido adscrito a obra. s necesario configurar esta situación en las clausulas del contrato indefinido ordinario.
Cláusula anexa al contrato de trabajo indefinido adscrito a obra
Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción. Disposición adicional tercera, apartado 4
A) Propuesta de recolocación con preaviso de extinción (con efectos del [DÍA] de [MES] de [AÑO]) del contrato de trabajo por causas inherentes a la persona trabajadora (marcar la causa con una X):
[...
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