Última revisión
Carta de sanción leve al trabajador por uso de medios telefónicos, telemáticos, informáticos, mecánicos o electrónicos de la empresa, para asuntos particulares, sin la debida autorización
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 27/06/2024
Resumen:
La falta leve o amonestación es la sanción disciplinaria de menor gravedad que se puede imponer a un trabajador. Debe contener de forma clara y puntual la falta que se le imputa al trabajador. El presente formulario permite la comunicación al trabajador de una sanción leve por uso de medios telefónicos, telemáticos, informáticos, mecánicos o electrónicos de la empresa, para asuntos particulares, sin la debida autorización.
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [AÑO]
[DATOS_EMPRESA]
Sr./Sra. D./Dª. [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA]
Muy Señor/a nuestro/a:
La dirección de esta entidad ha decidido imponerle una sanción leve ante la …
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