Convenio Colectivo de Emp...de Córdoba

Última revisión
10/05/2023

Revisión. Convenio Colectivo de Empresa de SANEAMIENTOS DE CORDOBA, S.A. (14001042011988) de Córdoba

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023 en adelante

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Acuerdo Parcial de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Empresa Municipal Saneamientos de Córdoba SA (SADECO), de fecha 20 de marzo de 2023 (Boletín Oficial de Córdoba num. 87 de 28/05/2023)

Expediente: 14/01/0060/2023

Código de Convenio: 14001042011988

Visto el Texto del Acuerdo Parcial de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Empresa Municipal ?Saneamientos de Córdoba SA? (SADECO), de fecha 20 de marzo de 2023, que incorpora al texto del Convenio la nueva redacción de sus Anexos I (Tablas Salariales para el año 2023) y VI (Tablas del Plan de Pensiones para el año 2023), y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, modificado por el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas conforme al Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA nº 215, de 31 de octubre), el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA Ext. nº 90, de 30 de diciembre), modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto (BOJA Ext. nº 29, de 30 de agosto), el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías (BOJA Ext. nº 25, de 26 de julio), modificado por el el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto (BOJA Ext. nº 27, de 8 de agosto), y el Decreto 155/2022, de 9 agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (BOJA Ext. nº 28, de 11 de agosto),

ACUERDA

PRIMERO. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.

SEGUNDO. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Córdoba, 2 de mayo de 2023. Firmado electrónicamente por la Delegada Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba, María Dolores Gálvez Páez.

ACTA DEL ACUERDO PARCIAL DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA MUNICIPAL ?SANEAMIENTOS DE CÓRDOBA SA?, CELEBRADA EL DIA 20 DE MARZO DE 2023.

En la ciudad de Córdoba, siendo las doce horas y treinta minutos del día 20 de marzo de dos mil veintitrés, se reúnen en la sede social de la Empresa, sita en avenida Medina Azahara nº 4, los componentes de las partes de la Mesa Negociadora para aprobar el Acuerdo Parcial del Convenio Colectivo que incorpora al texto del mismo la nueva redacción de los anexos modificados:

Anexo nº 1 y Anexo nº 6 que se han incrementado un 2,5%, en conformidad con la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, que en el apartado Dos del artículo 19, indica que las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar un incremento global superior al 2,5% respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2022. De otra parte se acuerda aprobar lo establecido en el punto 2 del apartado Dos del artículo mencionado que dice textualmente:

?2. Asimismo se aplicarán, en su caso, los siguientes incrementos respecto de las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2022 y con efectos, en ambos casos, de 1 de enero de 2023:

a) Incremento vinculado a la evolución del Índice de Precios al Consumo Armonizado (IPCA). Si la suma del IPCA del año 2022 y del IPCA adelantado del mes de septiembre de 2023 fuera superior al 6 por ciento, se aplicará un incremento retributivo adicional máximo del 0,5 por ciento.

A estos efectos, una vez publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) los datos del IPCA adelantado del mes de septiembre de 2023, se aprobará la aplicación de este incremento mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, que se publicará en el BOE.

b) Incremento vinculado a la evolución del Producto Interior

Bruto (PIB) nominal en el año 2023. Si el incremento del PIB nominal igualase o superase el estimado por el Gobierno en el cuadro macroeconómico que acompaña a la elaboración de la presente ley de Presupuestos, se aplicará un aumento retributivo complementario del 0,5 por ciento.

A estos efectos, una vez publicados por el INE los datos de avance del PIB de 2023, se aprobará la aplicación de este incremento mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, que se publicará en el BOE?.

Por la Secretaria se procede a dar lectura a los anexos que han sido modificados, con el incremento del 2,5 %, en base a lo anteriormente expuesto: el Anexo nº 1 Tablas Salariales para el año 2023 y el Anexo nº 6 Tablas Plan de Pensiones para el año 2023.

Los miembros de la Comisión Negociadora aprueban por mayoría los Anexos nº 1 y nº 6 modificados y los incrementos que posteriormente pudieran producirse en base a la evolución del IPCA y el PIB, tal y como se ha indicado precedentemente, y acuerdan que después de su firma el Anexo nº 1 de Tablas Salariales para el año 2023 y el Anexo nº 6 de Tablas del Plan de Pensiones para el año 2023, sean remitidos a la Autoridad Laboral para su registro, archivo y posterior publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Leída la presente y hallada conforme, yo como Secretaria doy

fe, firmando conmigo la mayoría de la Comisión Negociadora.

-En representación de la PARTE ECONÓMICA:

Don Francisco José Ruiz Rodríguez, Director-Gerente.

Don Antonio Delgado Eslava, Director Adjunto y Director Dpto.

Económico.

Doña Ana Herrador Martínez, Directora Dpto. Recursos Humanos.

Don Ángel Alba López, Director Dpto. de Operaciones.

-En representación de la PARTE SOCIAL:

Don Juan A. Grande Alanzabe, CCOO.

Don Antonio Rodríguez Barranco, CCOO.

Don Miguel Ángel Caballero Aperador, CCOO.

Don David Ruiz Hungría, CCOO.

Doña Francisca Ramos Pacheco, CCOO.

Doña Mª Carmen Sánchez Cabrera, CCOO.

Don Antonio Urbano Luque, CTA (en sustitución de Antonio

Porcel López, CTA, jubilado).

Don Francisco Javier Viana Moreno, CTA.

Doña Teresa Coca Fuentes, UGT (en sustitución de Araceli AlMiércoles, 10 de Mayo de 2023 Nº 87 p.1El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http://www.dipucordoba.es/bop/verify

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

calá Caballero, UGT, fallecida).

Don José Ruiz Navarro, USO.

Don Francisco Mérida Sánchez, CSI-F.

-Ausentes y no firmantes:

Doña Mª Jesús Codes Merino, CGT (en sustitución de Francisco Fernández Gómez, CGT, jubilado).

Don Antonio Jiménez Roldán, CGT.

Y como Secretaria: Doña Mª Teresa Pérez Lidón.

El Director-Gerente, Fdo. Don Francisco José Ruiz Rodríguez.

El Director Adjunto y Director Dpto. Económico, Fdo. Don Antonio Delgado Eslava.

La Directora Dpto. Recursos Humanos, Fdo. Doña Ana Herrador Martínez.

El Director Dpto. de Operaciones, Fdo. Don Ángel Alba López.

El Presidente Comité de Empresa, CCOO, Fdo. Don Juan A.

Grande Alanzabe.

CCOO, Fdo. Don Antonio Rodríguez Barranco.

CCOO, Fdo. Don Miguel Ángel Caballero Aperador.

CCOO, Fdo. Don David Ruiz Hungría.

CCOO, Fdo. Doña Francisca Ramos Pacheco.

CCOO, Fdo. Doña Mª Carmen Sánchez Cabrera.

CTA, Fdo. Don Antonio Urbano Luque.

CTA, Fdo. Don Francisco Javier Viana Moreno.

UGT, Fdo. Doña Teresa Coca Fuentes.

USO, Fdo. Don José Ruiz Navarro.

CSI-F, Fdo. Don Francisco Mérida Sánchez.

La Secretaria, Fdo. Doña Mª Teresa Pérez Lidón.

Nº 87 p.2 Miércoles, 10 de Mayo de 2023

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ANEXO nº 1

TABLA DE SALARIOS EN EUROS PARA EL AÑO 2023 2,5%

(TABLAS OMITIDAS. VER PDF)