Convenio Colectivo de Sec...de Granada

Última revisión
11/12/2023

Calendario. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (18000115011982) de Granada

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024 en adelante

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Calendario laboral 2024 del Sector de Industrias de la Construcción y Obra Pública de Granada. (Boletín Oficial de Granada num. 233 de 11/12/2023)

Resolución de 27 de noviembre de 2023 de la Delegación Territorial de Granada de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía por la que se acuerda el registro, depósito y publicación del Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Sector de Industrias de la Construcción y Obra Pública de la provincia de Granada sobre CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2024.


VISTO el Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Sector de Industrias de la Construcción y Obra Pública de la provincia de Granada (con código de convenio 18000115011982) sobre CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2024, adoptado entre la representación de los empresarios y la de los trabajadores, presentado el día 25 de noviembre de 2023 ante esta Delegación Territorial, y de conformidad con el artículo 90 y concordantes del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y demás disposiciones legales pertinentes, esta Delegación Territorial de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía,

ACUERDA:

PRIMERO.- Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el mencionado Registro de esta Delegación Territorial.

SEGUNDO.- Disponer la publicación del indicado texto en el Boletín Oficial de la Provincia.

Granada, 29 de noviembre de 2023.-El Delegado Territorial, fdo.: José Javier Martín Cañizares.

CALENDARIO LABORAL SECTOR CONSTRUCCIÓN DE GRANADA AÑO 2024

- ENERO (20 días laborables).

Lunes 1: Día de año Nuevo (Fiesta Nacional)

Martes 2: Festivo local

Viernes 5: Ajuste de convenio

- FEBRERO (20 días laborables).

Miércoles 28: Día de Andalucía (Fiesta Autonómica)

- MARZO (18 días laborables).

Miércoles 27: Ajuste de Convenio

Jueves 28: Jueves Santo (festivo autonómico)

Viernes 29: Viernes Santo (festivo nacional)

- ABRIL (22 días laborables).

- MAYO (17 días laborables).

Miércoles 1: Día del Trabajo (Fiesta Nacional)

Jueves 2: Ajuste convenio

Viernes 3: Ajuste convenio

Miércoles 29: Ajuste de Convenio

Jueves 30: Festivo Local Granada (Corpus Christi)

Viernes 31: Fiesta convenio (Día posterior Corpus Christi)

- JUNIO (20 días laborables).

- JULIO (23 días laborables).

- AGOSTO (20 días laborables).

Jueves 15: Asunción de la Virgen (Fiesta Nacional)

Viernes 16: Ajuste de convenio

- SEPTIEMBRE (21 días laborables).

- OCTUBRE (22 días laborables).

Jueves 31: Ajuste de convenio

- NOVIEMBRE (20 días laborables).

Viernes 1: Todos los Santos (Fiesta Nacional)

- DICIEMBRE (15 días laborables).

Viernes 6: Día de la Constitución (Fiesta Nacional)

Lunes 9: Festivo Inmaculada Concepción

(Fiesta Nacional día posterior)

Lunes 23: Ajuste de convenio

Martes 24: Ajuste de convenio

Miércoles 25: Navidad (Fiesta nacional)

Lunes 30: Ajuste de convenio

Martes 31: Ajuste de convenio

(*) Las fiestas locales son referidas a Granada capital, a sustituir en cada localidad por las propias. En caso de que dichas fiestas locales coincidan con las fiestas de convenio o de ajuste de jornada, éstas se trasladarán al día de carácter hábil anterior o posterior.

ACUERDO DE JORNADA CONTINUADA PARA EL AÑO 2024

Las partes firmantes acuerdan para el 2024 establecer la jornada continuada de 8 h, que comprende desde el 24 de junio y el 18 de agosto, ambos inclusive.

La jornada laboral durante el periodo de jornada continuada será de 8 horas, con horario de 7 a 15 horas. Si bien, las empresas podrán acordar con la representación de los trabajadores el adelanto del comienzo de la jornada (antes de las 7 horas), con una duración máxima de 8 horas.

En relación con el tiempo de bocadillo las empresas aplicarán el criterio que venían mantenimiento en los últimos años.

Las empresas que desarrollen su actividad realizando infraestructuras de obra pública, podrán acordar con la representación legal de los trabajadores la modificación de la jornada continuada; siempre que el citado acuerdo se ajuste a los criterios recogidos en el Convenio Provincial vigente y estén motivados por posibles incumplimientos de plazos de ejecución de las citadas obras. De dicho acuerdo se dará traslado a la Autoridad Laboral competente, quedando dicha información a disposición de las partes firmantes del presente acuerdo.

Este calendario es de aplicación para todas las empresas y trabajadores encuadrados en el sector de la Construcción y Obra Pública para Granada y Provincia.

El calendario laboral de este sector ha sido elaborado conforme a la jornada de 1736 horas anuales, contemplándose en consecuencia 21 días laborables de vacaciones.

ASISTENTES

ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE CONSTRUCTORES Y PROMOTORES DE GRANADA

Francisco Martínez-Cañavate

Azucena Rivero Rodríguez

UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES (UGT)

Juan Bayo Pérez

Alberto Molino González

Alejandro Martín Romero

COMISIONES OBRERAS (CCOO)

Mª Angustias Díaz Gómez

Antonia Cabrera Ruiz

José Antonio Vigil Chacón

ACTA

En la Ciudad de Granada, siendo las 9.30 horas del día 24 de noviembre de 2023, en los locales de ACP GRANADA, sita en C/ La Cora 2 bajo, de Granada, se reúnen las personas al margen relacionadas, miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo provincial de industria de la Construcción y obra pública de, al objeto de tratar los siguientes puntos del orden del día:

* Aportación a plan de pensiones sobre tabla salarial 2021

* Calendario Laboral y acuerdo jornada continuada del año 2024 del Convenio provincial de la Construcción de Granada.

Ambas partes se reconocen capacidad para este acto.

1.- Aportación a plan de pensiones sobre tabla salarial 2021

Reunidos los arriba relacionados, se plantean los cálculos sobre los importes de la tabla salarial de 2021 y los conceptos a tener en cuenta para el plan de pensiones.

Suscitando la controversia en relación a los conceptos (salariales y extrasalariales) a incorporar en el cálculo en relación al artículo 56, 49 y reglamento del plan de pensiones.

Entendiendo la parte social que el concepto del plus extrasalarial (plus de distancia y transporte) recogido en artículo 52 del convenio colectivo de Granada, debe ser tenido en cuenta para el cálculo de la aportación a dicho plan de pensiones.

Entiendo la parte empresarial que el plus extrasalarial (plus de distancia y transporte) no estaría incluido para el cálculo de la aportación al plan de pensiones.

Se acuerda someterlo al criterio de la comisión paritaria nacional.

2.- Calendario Laboral y acuerdo jornada continuada del año 2024 del Convenio provincial de la Construcción de Granada.

Se procede a la aprobación y firma del calendario laboral y el acuerdo de jornada continuada para el año 2024 adjuntado a la presente acta. Con el acuerdo de UGT y ACP Granada.

El Sindicato CCOO no procede a la firma del Calendario laboral y el acuerdo de la jornada continuada para el año 2024 por no estar conforme con el acuerdo alcanzado.

La comisión negociadora delega en Dª Eva María Rodríguez Pérez para la presentación y registro ante la Autoridad Laboral competente, al objeto de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

La presente reunión se da por finalizada, levantándose esta acta y en prueba de conformidad con lo anteriormente expuesto, firmamos la presente acta en el lugar y fecha arriba indicados.

(Firmas ilegibles).