Última revisión
27/11/2023
Modificacion / Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE LA CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (50000335011982) de Zaragoza
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 06 de Noviembre de 2023 en adelante
RESOLUCIÓN de la Subdirección Provincial de Trabajo de Zaragoza por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del acuerdo de la Comisión Negociadora del convenio colectivo del sector de la Construcción y Obras Públicas de Zaragoza. (Boletín Oficial de Zaragoza num. 271 de 25/11/2023)
Vista el acta de la comisión negociadora, referida a las aportaciones empresariales al Plan de Pensiones para los ejercicios 2022 y 2023 del convenio colectivo del sector Construcción y Obras Públicas de Zaragoza (código de convenio 50000335011982), suscrita el día 6 de noviembre de 2023, de una parte por FECZA, en representación de las empresas del sector y de otra por UGT y CCOO, en representación de los trabajadores afectados, recibido en la Subdirección Provincial de Trabajo el día 14 de noviembre de 2023 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Subdirección Provincial de Trabajo de Zaragoza acuerda:
Primero. ? Ordenar su inscripción en el Registro de convenios colectivos de esta Subdirección Provincial, con notificación a la comisión negociadora.
Segundo. ? Disponer su publicación en el BOPZ.
Zaragoza, a 17 de noviembre de 2023. ? La subdirectora provincial de Trabajo, Ana Guiral Arija.
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO
DEL SECTOR INDUSTRIAS DE LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS
DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA, CELEBRADA EL DIA 6 DE NOVIEMBRE DE 2023
En Zaragoza, a las 18:30 horas del día 6 de noviembre de 2023, se reúnen en el domicilio social de FECZA, en la Plaza de Roma, F-1, los siguientes:
Por parte de la representación empresarial de FECZA, Javier Cucalón Agudo, Roberto Loraque Alonso, José María Cester Beatobe e Inmaculada Cugat Estrada y, por parte de los trabajadores, Manuel Grande Henares (FICA-UGT), Jesús Grasa Aso (FICA-UGT), María Franco Lorés (CCOO del Hábitat de Aragón) y Fernando Baraza Romeo (CCOO del Hábitat de Aragón); todos ellos integrantes de la Comisión Mixta Paritaria del Convenio Provincial del Sector Industrias de la Construcción y Obras Públicas, con el objeto de tratar los asuntos que se relacionan.
Primero. ? Constitución de la Comisión Mixta Paritaria del Convenio de la Construcción de Zaragoza.
Se declara válidamente constituida la Comisión Mixta Paritaria, reconociéndose por ambas partes, de forma mutua, su legitimación y representatividad.
Segundo. ? Designación de secretario.
Se nombra secretaria a Inmaculada Cugat Estrada, con las atribuciones propias de su puesto y, de forma específica, las de elaborar las actas y dar fe de su contenido.
Tercero. ? Aportaciones empresariales al Plan de Pensiones correspondientes a los ejercicios 2022 y 2023.
En cumplimiento del VII Convenio colectivo general del sector de la Construcción, suscrito el 3 de julio de 2023, por la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), CCOO del Hábitat y UGT-FICA, (BOE de 23 de septiembre de 2023), se aprueban las tablas provinciales de Zaragoza correspondientes a los ejercicios 2022 y 2023, con las contribuciones empresariales al Plan de Pensiones aprobadas en su artículo 56:
?Para 2022: un 1 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2021.
?Para 2023: un 1 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2021.
En el supuesto de que la persona trabajadora no preste servicios a tiempo completo, se aplicará la parte proporcional correspondiente.
Cuarto. ? Delegación de la tramitación electrónica del convenio.
Delegar en la secretaria, Inmaculada Cugat Estrada, para que impulse el registro y publicación de los acuerdos adoptados, con su firma electrónica, y presente ante la autoridad laboral la firma del convenio, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, que establece la obligatoriedad de tramitar dichos acuerdos por medios electrónicos.
Quinto. ? Elevación de los acuerdos ante la autoridad laboral.
Elevar los presentes acuerdos a la autoridad laboral competente, solicitando su registro y publicación en el BOPZ, todo ello de acuerdo con el Real Decreto 73/2010, de 28 de mayo.
No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las 19:30 horas, en el lugar y fecha arriba indicados, firmando todos los asistentes en prueba de su conformidad.
Plan de Pensiones 2022 y 2023 mensual y anual
(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)
1% sobre tablas de 2021. Sin pluses extrasalariales.