Convenio Colectivo de Sec... de Teruel

Última revisión
25/04/2024

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE DE MERCANCIAS (44000275011981) de Teruel

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024 en adelante

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Resolución del Director General de Trabajo por la que se dispone la inscripción en el Registro de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo, del acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo del sector de transporte, para los años 2021, 2022 y 2023 (Boletín Oficial de Teruel num. 79 de 25/04/2024)

Visto el texto del Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de Transporte, para los años 2021, 2022 y 2023 (código de convenio 44000275011981), celebrada en Teruel, el día 2 de febrero de 2024 sobre la revisión salarial y Salario Mínimo Interprofesional.


Y, tras el requerimiento de la Subdirección Provincial de Trabajo de Teruel, visto el texto subsanado y comunicado en fecha 9 de abril de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91.4 en relación con el artículo 90.1 y 3 del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad, y el Decreto 171/2010, de 21 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el depósito y registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Director General de Trabajo,

ACUERDA

Primero.- Ordenar la inscripción del Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de Transporte, para los años 2021, 2022 y 2023, celebrada en Teruel, el día 2 de febrero de 2024, con notificación a las partes firmantes del mismo.

Segundo.- Disponer su publicación en el ?Boletín Oficial? de la Provincia de Teruel.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer RECURSO DE ALZADA ante la Vicepresidenta segunda y Consejera de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente al de la notificación (es decir, dicho plazo finalizará el mismo día de recepción de la resolución del mes inmediatamente posterior), de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 60 y 64 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.

Teruel, 11 de abril de 2024.- Documento firmado electrónicamente.

Delegación ejercida por Resolución del Director General de Trabajo del 9 de noviembre de 2023

ACTA DE LA COMISION PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE TRANSPORTE, PARA LOS AÑOS 2021, 2022 y 2023, celebrada en Teruel, el día 2 de febrero de 2024.

En Teruel, siendo las 11:00 horas, del día 2 de febrero de 2.024, se reúnen en la sede de la CONFEDERACION DE EMPRESARIOS DE TERUEL, CEOE TERUEL, sita en la plaza de la Catedral, nº 9, Teruel, los abajo firmantes componentes de comisión paritaria del Convenio Colectivo de Transportes de la Provincia de Teruel, reconociéndose mutuamente la representatividad y capacidad para este acto.

Parte Empresarial:

POR LA ASOCIACION EMPRESARIAL DE TRANSPORTES DE LA PROVINCIA DE TERUEL

Don Sergio Calvo Bertolín

Don Francisco Ibáñez Ruíz

Doña Carmen Esteban Sebastián

POR TRADIME

Doña Elena Budría García

Parte Sindical:

POR LA UNION GENERAL DE TRABAJADORES (U.G.T.)

Don Eugenio Novella Crespo

Don José Antonio Saz Cuéllar

POR COMISIONES OBRERAS (CC.OO.)

Don Juan Leyva Martínez

Don Antonio Sánchez Moreno

Primero. El artículo 6º del vigente convenio establecía que ?Si en la vigencia del convenio, el IPC real del periodo del convenio es superior a 6, la diferencia resultante se utilizará para revisar los salarios a 31 de diciembre de 2023 y servirá para confeccionar las tablas salariales que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2.024, sirviendo de base para la aplicación del incremento que se pacte para el citado ejercicio 2.024?.

En la vigencia del convenio el IPC real de todo el período ha sido el 15,3% por lo que se procede a revisar los salarios a 31 de diciembre de 2.023 en un 9,3%, generando las tablas salariales que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2.024 y que servirán como base para la aplicación del incremento que se pueda pactar para el año 2.024. Se adjuntan tablas a 1 de enero de 2.024.

Por otra parte, se acuerda que, todas las personas afectadas por este convenio colectivo tienen derecho a percibir en cómputo anual y por todos los conceptos salariales, la cantidad fijada en el SMI aplicable en cada momento.

Segundo. Designar a Sergio Calvo Bertolin, representante de la parte empresarial, para que proceda a efectuar ante la Autoridad Laboral competente los tramites de registro de la presente acta de la comisión paritaria a través del REGCON y posterior publicación en el BOP de Teruel.

Y en prueba de conformidad, se firma la presente acta en el lugar y fecha indicados.

Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión cuando son las 12:00 horas del día anteriormente indicado.

Representación Sindical Representación Empresarial

TABLAS SALARIALES 2024

(TABLAS OMITIDAS. CONSULTAR EL PDF DE PUBLICACIÓN)