Convenio Colectivo de Sec...de Badajoz

Última revisión
04/03/2024

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO TEXTIL (06000155011981) de Badajoz

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023 en adelante

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Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 29 de enero de 2024, en la que se acuerdan tablas salariales definitivas para el año 2023 del Convenio Colectivo de sector "Comercio textil (mayor y menor) de la provincia de Badajoz". (Diario Oficial de Extremadura num. 44 de 04/03/2024)

Visto el texto del Acta de 29 de enero de 2024, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de sector Comercio textil (mayor y menor) de la provincia de Badajoz -código de convenio 06000155011981-, publicado en el DOE n.º 207, del 27 de octubre de 2022, en el que se acuerdan tablas salariales definitivas para el año 2023, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Decreto 187/2018 de 13 de noviembre, por el que se crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

Esta Dirección General de Trabajo,

acuerda:

Primero. Ordenar la inscripción de la citada Acta en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 9 de febrero de 2024.

La Directora General de Trabajo, PILAR BUENO ESPADA

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR COMERCIO DE TEXTIL (MAYOR Y MENOR)DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ AÑO 2021-2023

En Badajoz a 29 de enero de 2024, reunidos en la sede de CSIF Extremadura sita en c/ Vasco Núñez 58 de Badajoz, de una parte los representantes sindicales de CSIF Extremadura y de otra los representantes de la Federación de Comercio, Servicio e Industria de la Provincia de Badajoz (FECOBA), como partes firmantes del Convenio, reconociéndose ambas partes capacidad suficiente para éste acto y con el siguiente orden del día:

1. Revisión salarial año 2023.

2. Revisión de los artículos 18.º y 20.º referentes a indemnización y dietas del año 2023.

Punto 1. Una vez constatada oficialmente por el INE la inflación correspondiente al año 2023, y quedando establecida dicha cifra en el 3,1 % en aplicación del articulo 7.º del Convenio vigente se procede a la revisión del 3 % sobre los salarios del 2022, según el procedimiento establecido en el mismo y teniendo dicho incremento efectos retroactivos al 01 de enero de 2023, quedando la tabla salarial definitiva del año 2023 como a continuación se indica.

Tabla Salarial definitiva año 2023

(TABLA SALARIAL OMITIDA. CONSULTAR EL PDF DE PUBLICACIÓN)