Última revisión
Revision. Convenio Colectivo de Sector de VID, CERVEZAS Y BEBIDAS ALCOHOLICAS (49002005011982) de Zamora
Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2008
Acuerdo de la Comision Paritaria del convenio colectivo provincial para el sector de vid, cervezas y bebidas alcoholicas. Codigo de Convenio 4902005 (Boletín Oficial de Zamora num. 28 de 05/03/2008)
Primero
Ordenar la inscripción del mencionado Acuerdo en el correspondiente Registro de esta Oficina Territorial de Trabajo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Segundo
Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de Zamora.
Así lo acuerdo y firmo en Zamora, a veinticuatro de febrero del año dos mil ocho.
La Jefa de la Oficina Territorial de Trabajo, por acumulación de funciones (Resolución de 11- 01- 2008), M.ª Teresa Martín Pozo.
ACTA DE LA COMISION PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE TRABAJO A LICABLE AL SECTOR DE LA VID, CERVEZAS Y BEBIDAS ALCOHÓLICAS DE LA ROVINCIA DE ZAMORA
ASISTENTES
Por AZVYLFOMENTORO
-D. Rodrigo Mauleón Ajona
-D. Felipe Nalda Álvarez
- D. Luis de Luis Alfageme
- D. ª Pilar Serrano Olivero
- D. ª Susana glesias Miguel
Por U. G. T.
- D. Vicente González Rodríguez
- D. Félix Calvo Olivares
- D. Ramón Hidalgo de la glesia
Por
En Zamora, siendo las 19: 00 horas del día 1 de febrero de 2008, se reúne en la sede de la Confederación Empresarial CEOE* CEPYME Zamora, plaza de Alemania, n.º 1, las personas relacionadas al margen en su calidad de miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial de Trabajo aplicable al Sector de la Vid, Cervezas y Bebidas Alcohólicas de la provincia de Zamora.
Por unanimidad de todos los asistentes se adoptan los siguientes
ACUERDOS
Primero
REVISION SALARIAL 2007:
Proceder, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 del Convenio Colectivo en vigor, a revisar los Salarios del año 2007 en un 2, 2%, resultante del exceso habido en la diferencia entre el PC real para el año 2007 (4, 2%) y el PC previsto por el Gobierno para ese año (2%). Dicha diferencia se aplicará sobre los salarios vigentes a 1 de diciembre de 2006 y se abonará con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2007. La tabla salarial se adjunta a la presente Acta como ANEXO.
Segundo
SALAR OS PARA EL AÑO 2008:
A tenor de lo establecido en el artículo 21 del mencionado convenio procede incrementar los salarios vigentes a 1 de diciembre 2007 en un 2, 75% (PC previsto por el Gobierno para el año 2008 más un 0, 75%). Se adjunta Tabla Salarial para el año 2008 como ANEXO.
Tercero
Según lo dispuesto en el artículo 1 del convenio se establece como día festivo de convenio para el año 2008 el día 2 de Mayo.
Cuarto
Las diferencias salariales que puedan corresponder se harán efectivas de una sola vez por las empresas dentro del mes siguiente a la publicación de la presente Acta en el Boletín Oficial correspondiente.
Quinto
Dar traslado de los siguientes acuerdos a la Autoridad Laboral a los efectos de su registro y posterior publicación en el Boletín oficial correspondiente.
Y siendo los 19: 0 horas, se da por concluida la reunión en el lugar y fecha al comienzo indicados, levantándose la presente Acta que es firmada, en prueba de su conformidad, por todas las partes.
Por AZVYLFOMENTORO.
Por
Por U. G. T.
ANEXO I
REVISION SALARIAL PARA EL AÑO 2007
CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DEL SECTOR DE LA VID, CERVEZAS Y BEBIDAS ALCOHOLICAS PARA LA PROVINCIA DE ZAMORA
(Incremento 2,2%)
CATEGORÍAS PROFESIONALES | SALARIO BASE | CÓMPUTO ANUAL |
Técnicos Titulados | ||
De Grado Superior | 1.546,81 | 23.202,15 |
De Grado Medio | 1.234,91 | 18.523,65 |
Técnicos no Titulados | ||
Encargado General de Bodega | 1.093,14 | 16.397,10 |
Encargado de Laboratorio | 1.093,14 | 16.397,10 |
Ayudante de Laboratorio | 848,53 | 12.727,95 |
Auxiliar de Laboratorio | 756,55 | 11.348,25 |
Administrativos | ||
Jefe Superior | 1.546,81 | 23.202,15 |
Jefe de Primera | 1.234,91 | 18.523,65 |
Jefe de Segunda | 1.093,14 | 16.397,10 |
Oficial de Primera | 960,91 | 14.413,65 |
Oficial de Segunda | 833,18 | 12.497,70 |
Auxiliar | 769,33 | 11.539,95 |
Aspirante de 16 a 18 años | S.M.I. | |
Comerciales | ||
Jefe Superior | 1.546,81 | 23.202,15 |
Jefe de Ventas | 1.234,91 | 18.523,65 |
Inspector de Ventas | 1.093,14 | 16.397,10 |
Corredor de Plaza | 960,91 | 14.413,65 |
Viajante | 960,91 | 14.413,65 |
Capataz de Bodega | 830,21 | 12.453,15 |
CATEGORÍAS PROFESIONALES | SALARIO BASE | CÓMPUTO ANUAL |
Encargado de Sección o Cuadrilla | 807,14 | 12.107,10 |
Oficial de Primera | 787,86 | 11.817,90 |
Oficial de Segunda | 772,43 | 11.586,45 |
Oficial de Tercera | 762,18 | 11.432,70 |
Peón | 751,90 | 11.278,50 |
Trabajadores de 16 a 18 años | S.M.I. |
ANEXO II
TABLA SALARIAL PARA EL AÑO 2008
CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DEL SECTOR DE LA VID, CERVEZAS Y BEBIDAS ALCOHOLICAS PARA LA PROVINCIA DE ZAMORA
(Incremento 2,75%)
CATEGORÍAS PROFESIONALES | SALARIO BASE | CÓMPUTO ANUAL |
Técnicos Titulados | ||
De Grado Superior | 1.589,35 | 23.840,25 |
De Grado Medio | 1.268,87 | 19.033,05 |
Técnicos no Titulados | ||
Encargado General de Bodega | 1.123,20 | 16.848,00 |
Encargado de Laboratorio | 1.123,20 | 16.848,00 |
Ayudante de Laboratorio | 871,86 | 13.077,90 |
Auxiliar de Laboratorio | 777,36 | 11.660,40 |
Administrativos | ||
Jefe Superior | 1.589,35 | 23.840,25 |
Jefe de Primera | 1.268,87 | 19.033,05 |
Jefe de Segunda | 1.123,20 | 16.848,00 |
Oficial de Primera | 987,34 | 14.810,10 |
Oficial de Segunda | 856,09 | 12.841,35 |
Auxiliar | 790,49 | 11.857,35 |
Aspirante de 16 a 18 años | S.M.I. | |
Comerciales | ||
Jefe Superior | 1.589,35 | 23.840,25 |
Jefe de Ventas | 1.268,87 | 19.033,05 |
Inspector de Ventas | 1.123,20 | 16.848,00 |
Corredor de Plaza | 987,34 | 14.810,10 |
Viajante | 987,34 | 14.810,10 |
Capataz de Bodega | 853,04 | 12.795,60 |
Encargado de Sección o Cuadrilla | 829,34 | 12.440,10 |
Oficial de Primera | 809,53 | 12.142,95 |
Oficial de Segunda | 793,67 | 11.905,05 |
Oficial de Tercera | 783,14 | 11.747,10 |
Peón | 772,58 | 11.588,70 |
Trabajadores de 16 a 18 años | S.M.I. |
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