Convenio Colectivo de Sec...de Cáceres

Última revisión
01/01/2004

Revision. Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERA (10000265011982) de Cáceres

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2000

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min

RESOLUCION de 12 de abril de 2000, de la Dirección General de Trabajo, por la que se acuerda la inscripción en el Registro y publicación del contenido del Acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros por Carretera para la Provincia de Cáceres (Expte. 12/2000) (Diario Oficial de Extremadura num. 52 de 06/05/2000)

Preambulo

VISTO el contenido del Acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros por Carretera para la Provincia de Cáceres, sobre revisión salarial, con Código Informático 1000265, de ámbito Sector, suscrito el 21- 2- 2000, entre representantes empresariales y sindicales del sector; y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90. 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (B. O. E. de 29-03-95); art. 2.c) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo (B. O. E. 06-06-81); Real Decreto 642/1995, de 21 de abril, sobre traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de trabajo (ejecución de la legislación laboral) (B. O. E. 17- 05- 1995); Decreto del Presidente 5/2000, de 8 de febrero, por el que se asignan competencias a la Consejería de Trabajo (D. O. E. 10- 2- 2000); Decreto 6/2000 de 8 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Trabajo (D. O. E. 10- 2- 2000); y Decreto 22/1996 de 19 de febrero, sobre distribución de competencia en materia laboral (D. O. E. 27-02-1996); esta Dirección General de Trabajo,

ACUERDA:

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de la Dirección General de Trabajo de la Consejería del mismo nombre, con notificación de ello a las partes firmantes.

Segundo.- Disponer su publicación en el «Diario Oficial de Extremadura» y en el «Boletín Oficial Provincia» de Cáceres.

Así lo acuerdo, mando y firmo en Mérida, a 12 de abril de 2000.

El Director General de Trabajo, JOSE LUIS VILLAR RODRIGUEZ

ACTA DE REUNION DE LA COMISION PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERA PARA LA PROVINCIA DE CACERES

En Cáceres, siendo las 10. 00 horas del día 21 de febrero de 2000, se reúnen en los salones de reuniones de la Federación Empresarial Cacereña los miembros de la comisión paritaria del vigente convenio colectivo de trabajo para el sector transporte de viajeros por carretera para la provincia de Cáceres con el único objeto de acordar la publicación de las nuevas tablas salariales que regirán durante el año 2000, en aplicación de la cláusula de revisión salarial pactada en el convenio de referencia.

Y así se acuerda por unanimidad:

* Aprobar la tabla salarial adjunta a la presente acta, una vez firmada por la representación de todos los miembros de la comisión.

* Publicar la misma en el BOP de Cáceres y en el Diario Oficial de Extremadura.

* Facultar al secretario D. Pedro Rosado Alcántara para que realice cuantas gestiones sean necesarias para su publicación y legalización.

Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión en el lugar y fechas arriba indicados.

Fdo.: Federación Empresarial Cacereña,

Fdo.: Unión General de Trabajadores,

Fdo.: Comisiones Obreras,

Fdo.: CSICSIF,

Fdo.: El Secretario del Convenio.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)