Última revisión
Revision. Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERA (06000535011989) de Badajoz
Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2001
RESOLUCIÓN de 22 de febrero de 2002, de la Dirección General de Trabajo, por la que se determina la inscripción en el Registro y publicación del acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Trabajo del sector de Transporte de viajeros por carretera de la provincia de Badajoz, de revisión de las tablas salariales del año 2001.Asiento 11/2002. (Diario Oficial de Extremadura num. 38 de 04/04/2002)
VISTO: el texto de acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de trabajo del sector de Transporte de Viajeros por Carretera de la Provincia de Badajoz, con código informático 0600535, adoptado el 5 de febrero de 2002 entre la representación empresarial, de una parte, y los Sindicatos de UGT y
ACUERDA:
Primero
Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de la Dirección General de Trabajo de la Consejería del mismo nombre, con notificación de ello a las partes firmantes.
Segundo
Disponer la publicación, en el Boletín Oficial de la Provincia -BOP- y en el Diario Oficial de Extremadura -DOE-, del texto de Acta que acompaña a esta Resolución.
Mérida, 22 de febrero de 2002. El Director General de Trabajo, JOSÉ LUIS VILLAR RODRÍGUEZ
En Badajoz, siendo las 11,30 horas del día 05 de febrero de 2002 se reúnen en la Sala de Juntas de Estación de Autobuses de Badajoz, S. A. Ia comisión paritaria del Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros por Carretera de la Provincia de Badajoz al objeto de llevar a efecto la desviación sufrida por el IPC al 31-12-2001.
Parte Empresarial Estación de Autobuses de Badajoz, S. A. y Explotaciones Comerciales Estación de Badajoz, S. A., D. Pedro Botello Lozano AGAPYMET, D. Marcelo Díaz Bravo LEDA, S. A., D. Miguel Merino González
Parte Social D. Ramón Ortiz Mato (U. G. T.)
Asesores U. G. T., D. Narciso Capilla Nicolás
Se confecciona un cuadro que recoge los conceptos económicos a revisar por la desviación habida en el IPC del año 2001 (IPC 31-12-2001 2,7%), estando todos los presentes de acuerdo con él, por lo que se incorpora al presente acta.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 12,00 horas, de la que se extiende la presente acta firmada por los asistentes.
Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI
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