Convenio Colectivo de Sec...de Badajoz

Última revisión
01/01/2004

Revision. Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERA (06000535011989) de Badajoz

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2001

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RESOLUCIÓN de 22 de febrero de 2002, de la Dirección General de Trabajo, por la que se determina la inscripción en el Registro y publicación del acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Trabajo del sector de Transporte de viajeros por carretera de la provincia de Badajoz, de revisión de las tablas salariales del año 2001.Asiento 11/2002. (Diario Oficial de Extremadura num. 38 de 04/04/2002)

Preambulo

VISTO: el texto de acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de trabajo del sector de Transporte de Viajeros por Carretera de la Provincia de Badajoz, con código informático 0600535, adoptado el 5 de febrero de 2002 entre la representación empresarial, de una parte, y los Sindicatos de UGT y CC. OO., de otra; acuerdo consistente en la actualización de la tabla salarial del año 2001, por desviación del IPC previsto, según prevé el artículo 47 de dicho Convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2. e) del Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo (B. O. E. 6- 6- 81); Real Decreto 642/1995, de 21 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de trabajo (ejecución de la legislación laboral) (B. O. E. 17- 5- 95); Decreto del Presidente 2/2000, de 31 de enero, por el que se modifica la denominación de la Consejería de Presidencia y Trabajo, se crea la Consejería de Trabajo y se asignan competencias (D. O. E 1- 2- 2000); Decreto 6/2000, de 8 de febrero, sobre estructura orgánica de la Consejería de Trabajo (D. O. E. 10- 2- 2000), y Decreto 22/1996, de l9 de febrero, sobre distribución de competencias en materia laboral (D. O. E. 27- 2- 96), esta Dirección General de Trabajo de la Consejería del mismo nombre de la Junta de Extremadura

ACUERDA:

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de la Dirección General de Trabajo de la Consejería del mismo nombre, con notificación de ello a las partes firmantes.

Segundo

Disponer la publicación, en el Boletín Oficial de la Provincia -BOP- y en el Diario Oficial de Extremadura -DOE-, del texto de Acta que acompaña a esta Resolución.

Mérida, 22 de febrero de 2002. El Director General de Trabajo, JOSÉ LUIS VILLAR RODRÍGUEZ

En Badajoz, siendo las 11,30 horas del día 05 de febrero de 2002 se reúnen en la Sala de Juntas de Estación de Autobuses de Badajoz, S. A. Ia comisión paritaria del Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros por Carretera de la Provincia de Badajoz al objeto de llevar a efecto la desviación sufrida por el IPC al 31-12-2001.

Parte Empresarial Estación de Autobuses de Badajoz, S. A. y Explotaciones Comerciales Estación de Badajoz, S. A., D. Pedro Botello Lozano AGAPYMET, D. Marcelo Díaz Bravo LEDA, S. A., D. Miguel Merino González

Parte Social D. Ramón Ortiz Mato (U. G. T.)

Asesores U. G. T., D. Narciso Capilla Nicolás CC. OO., D. Manuel Mª Nicolás Tagüas

Se confecciona un cuadro que recoge los conceptos económicos a revisar por la desviación habida en el IPC del año 2001 (IPC 31-12-2001 2,7%), estando todos los presentes de acuerdo con él, por lo que se incorpora al presente acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 12,00 horas, de la que se extiende la presente acta firmada por los asistentes.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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