Convenio Colectivo de Sec... de Murcia

Última revisión
22/02/2024

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de EMPLEADOS DE FINCAS URBANAS (30000445011982) de Murcia

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022 en adelante

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Resolución de 7 de febrero de 2024 de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del acuerdo de tabla salarial para los ejercicios 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026 del convenio colectivo del sector Empleados de Fincas Urbanas de la Región de Murcia. (Boletín Oficial de la Región de Murcia num. 44 de 22/02/2024)

Visto el expediente de convenio colectivo de trabajo y de conformidad con lo establecido en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Resuelvo:

Primero.- Ordenar la inscripción en el correspondiente registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, de Tabla Salarial con número de expediente 30/01/0030/2024; denominado Empleados de Fincas Urbanas de la Región de Murcia. n.º 30000445011982; ámbito Sector; suscrito con fecha 02/11/2023 por la comisión negociadora.

Segundo.- Notificar la presente resolución a la comisión negociadora del acuerdo.

Tercero.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia, 7 de febrero de 2023. El Director General de Trabajo, Juan Marín Pérez.

Acuerdo de revisión salarial del convenio colectivo para el sector de empleados de fincas urbanas de la Región de Murcia

En Murcia, a las 9:30 horas del día 2 de noviembre de 2023, en la sede del Colegio Oficial de Administradores de Fincas de la Región de Murcia, sito en calle Proclamación núm. 5, 30002 Murcia, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para Empleados de Fincas Urbanas de la Región de Murcia, con asistencia de las personas reseñadas a continuación, al objeto de proceder a la actualización y revisión de las tablas salariales del Convenio para los años 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026.

Parte social:

D. José Vicente Pérez Yuste

D.ª Encarna García del Amor

D. José Antonio Bernal Sánchez

D. Juan José Jiménez Bueno, asesor, por parte del sindicato UGT

Parte económica: Colegio Oficial de Administradores de Fincas de la Región de Murcia

D. Juan Pedro Manresa Nicolás

D. Antonio Ruiz Ortega

D. Carlos Antón Selva

D.ª Nerea Fernández Suso

D. Francisco Jiménez García, en calidad de asesor

Se adoptan los siguientes ACUERDOS

Primero.- Proceder a la actualización de las retribuciones establecidas en el art. 26 del convenio colectivo para los años 2022, 2023 y 2024 en los términos siguientes:

La retribución de las personas trabajadoras de fincas urbanas estará constituida por el salario base y los complementos salariales a aplicar, de acuerdo con las cantidades y/o porcentajes que se detallan para dichos complementos, en sus distintos conceptos, en el convenio.

El salario base vigente para el año 2022 queda fijado en 812,08 euros brutos, resultado de incrementar un 6% el salario base vigente (766,11 ?).

Para el año 2023 el salario base queda fijado en 836,44 euros, resultado de aplicar un incremento del 3% sobre el salario base establecido para el año 2022.

Para el año 2024 el salario base queda fijado en 861,54 euros, resultado de aplicar un incremento del 3% sobre el salario base de 2023.

Para los años 2025 y 2026 se acuerda un incremento del salario base consistente en el IPC publicado por el Gobierno, cerrado a fecha treinta y uno de diciembre del año precedente.

La aplicación de los incrementos salariales para los años 2025 y 2026 serán inmediatos, una vez publicado por el Gobierno de la Nación el IPC resultante, no siendo necesaria la ratificación previa de la Comisión Paritaria del Convenio.

Segundo.- Respecto del abono de las diferencias de convenio generadas por los incrementos salariales pactados en el punto anterior se acuerda lo siguiente: El año 2022 no se pagan atrasos o diferencias de convenio. Para los años 2023 y 2024 el pago de diferencias de convenio se articula de la siguiente manera: Se calcula el salario base con el incremento del 6% sobre el salario base de la tabla salarial de año 2019 (766,11?), y queda fijado para el ejercicio 2022 (812,08 ?), sin obligación de abono de atrasos. Sobre el salario base establecido como base de 2022, se calculan las diferencias salariales con el incremento del salario base del 3% para el ejercicio 2023, que se abonará con efecto retroactivo desde el 1 de enero (resultando un salario base 836,44 ?). En el año 2024 se aplicará un incremento del 3% adicional sobre el salario base de 2023 (quedando un salario base 861,54 ?).

Las comunidades de propietarios dispondrán de un plazo de seis meses, desde la fecha de publicación de la presente revisión salarial en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, para abonar las diferencias que resulten en el ejercicio 2023, y, en su caso, en el ejercicio 2024.

Tercero.- Se acuerda la firma del presente documento por la totalidad de la comisión negociadora y su remisión a la Dirección General de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Murcia para que proceda al oportuno trámite de registro y publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, autorizando expresamente al asesor de la parte social, o persona que éste designe, para la realización de dicho trámite.