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Revision. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTIRAS DE TINTORERIA Y LIMPIEZA DE ROPA, LAVANDERIAS Y PLANCHADO DE ROPA (49005605012000) de Zamora
Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2012
Acuerdo Comision Paritaria C.C. Provincial Sector de Industrias de Tintoreria y Limpieza de Ropa, Lavanderias y Planchado de Ropa de Zamora - Aplicacion Clausula de Garantia Salarial y Tabla Salarial definitiva del año 2012 - Codigo de Convenio numero 49005605012000 (Boletín Oficial de Zamora num. 37 de 27/03/2013)
Resolución de 20 de marzo de 2013, de la Oficina Territorial de Trabajo de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Zamora, por la que se dispone el registro y la publicación del Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo provincial del Sector de Industria de Tintorería y Limpieza de Ropa, Lavanderías y Planchado de Ropa de Zamora, en el que se acuerda la aplicación de la cláusula de garantía salarial y se fija la Tabla Salarial definitiva del año 2012.
Visto el acuerdo de la Comisión Paritaria del convenio colectivo provincial del Sector de Industrias de Tintorería y Limpieza de Ropa, Lavanderías y Planchado de Ropa, suscrito con fecha 12/03/13 a fin de acordar la aplicación de la cláusula de garantía salarial y que fija la Tabla Salarial definitiva del año 2012, en virtud de lo establecido en el artículo 15.º del mencionado convenio (BOP de 09/07/2010) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apdos. 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, Real Decreto 831/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del estado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de trabajo (ejecución legislación laboral) y Orden de 21 de noviembre de 1996 de la Consejerías de Presidencia y Administración Territorial y de Industria, Comercio y Turismo por la que se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo, con relación a lo dispuesto en los artículos 1 y 3 del Decreto 2/2011, de 27 de junio (BOCyLde 28 de junio), de Reestructuración de Consejerías,
Esta Oficina Territorial de Trabajo resuelve:
Primero:
Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Segundo:
Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora.
Así lo acuerdo y firmo en Zamora, a veinte de marzo del año dos mil trece.
La Jefe de La Oficina Territorial de Trabajo de Zamora. Por acumulación de funciones, (Resolución Delegado Terr. 05-07-2010), Amparo Sanz Albornos.
ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO DE TINTORERÍAS, LIMPIEZA DE ROPA, LAVANDERÍAS Y PLANCHADO DE ROPA PARA LA PROVINCIA DE ZAMORA
Asistentes:
Por ASTINZA: D. Roberto Lira Mateos. D. Rafael Valderrábano Hernández.
Por UGT: D.ªNieves García Galán.
Por CC.OO: D.ªCristina Miguel Franco.
En la Ciudad de Zamora, siendo las doce horas del día 12 de marzo de 2013, se reúnen en la Sede de CEOE*CEPYMEZamora, (Plaza de Alemania, s/n), las personas arriba relacionadas en su calidad de miembros de la Comisión Paritaria del Convenio de Tintorerías, Limpieza de Ropa, Lavanderías y Planchado de Ropa de la Provincia de Zamora. El objeto de la reunión consiste en dar cumplimiento del art.15 del citado Convenio en cuanto a la revisión de los salarios del año 2012.
Las partes reunidas, por unanimidad, adoptan los siguientes:
ACUERDOS
Primero.- Revisar los salarios del año 2012 en el porcentaje del 1,4%, diferencia entre el 2,9% correspondiente al IPC real del año 2012 y el 1,5% pactado, efectuando las operaciones sobre los salarios vigentes a 31-12-2011, arrojando las cifras que configuran la tabla salarial que como Anexo I se adjunta. Dicha revisión tendrá carácter retroactivo desde el 01/01/2012.
Segundo.- Las diferencias salariales que pudieran corresponder se harán efectivas por las empresas, en su caso, dentro del mes siguiente a la publicación de la presente Acta en el Boletín Oficial correspondiente.
Tercero.- Dar traslado de los anteriores acuerdos a la autoridad laboral para su registro y posterior publicación oficial.
Y siendo las trece horas se da por concluida la reunión en lugar y fecha utsupra, levantándose la presente Acta que es firmada en prueba de conformidad por las partes intervinientes.
Por ASTINZA (CEOE*CEPYMEZamora). Por UGT. Por CC.OO. [Rubricados.]
ANEXO I. TABLA SALARIAL DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DEL SECTOR DE INDUSTRIAS DE TINTORERÍA Y LIMPIEZA DE ROPA,LAVANDERÍAS Y PLANCHADO DE ROPA PARA EL AÑO 2012
Categorías profesionales | Salario base € | Cómputo anual € |
Grupo I: Técnicos | ||
Encargado General | 996,31 | 13.948,34 |
Encargado de Sección | 930,11 | 13.021,54 |
Encargado de Lavandería y Planchado Mecánico | 876,39 | 12.269,46 |
Grupo II: Administrativos | ||
Oficial Administrativo | 803,68 | 11.251,52 |
Auxiliar Administrativo | 784,14 | 10.977,96 |
Aspirante menor de 18 años | S.M.I. | |
Grupo III: Personal de varios | ||
Encargado | 797,17 | 11.160,38 |
Oficial de Primera | 803,68 | 11.251,52 |
Oficial de Taller | 784,14 | 10.977,96 |
Oficial de Recepción, Entrega, Lavado y Planchado | 784,14 | 10.977,96 |
Oficial de Tercera | 763,52 | 10.689,28 |
Peón | 763,52 | 10.689,28 |
Ayudante de Recepción, Entrega, Lavado y Planchado | 757,00 | 10.598,80 |
Aprendiz menor de 18 años | S.M.I. |