Convenio Colectivo de Sec... de Toledo

Última revisión
16/10/2003

Revision. Convenio Colectivo de Sector de TINTORERIAS Y LAVANDERIAS (45000315011981) de Toledo

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2001 en adelante

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Convenio Colectivo Provincial de Tintorerías y Lavanderías (Boletín Oficial de Toledo num. 26 de 01/02/2001)

Preambulo

Visto el texto del Convenio Colectivo Provincial de Tintorerías y Lavanderías, número de Código de Convenio 4500315 suscrito, de una parte, por un representante de la Federación Empresarial Toledana y cuatro de la Asociación Empresarial de Tintorerías y Lavanderías, y de otra, en nombre de los trabajadores, por las Centrales Sindicales CC. OO. y U. G. T, firmado el 11 de enero de 2001 y presentado ante este Organismo el día 17 del presente mes de enero, de conformidad con lo establecido en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1 de 1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; artículo 2.° del Real Decreto 1040 de 1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo y artículo 11.1b) del Decreto 91 de 1997, de 15 de julio, de la Consejería de Industria y Trabajo, por el que se atribuyen las competencias derivadas del proceso de transferencias en materia de Cooperativas, Sociedades Laborales, Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales,

Esta Delegación Provincial de Industria y Trabajo

Acuerda:

1. ° Ordenar su inscripción en el libro registro de Convenios Colectivos y proceder al depósito del texto original del mismo en la Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación, con notificación a las partes negociadoras.

2. ° Disponer su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Toledo.

Toledo 19 de enero de 2001. - El Delegado Provinicial de Industria y Trabajo, Alvaro Gutiérrez Prieto.

ACTA

En Toledo, siendo las 11,00 horas del día 15 de enero de 2001, se reúne la Comisión Mixta del Convenio Colectivo Provincial de Tintorerías y Lavanderías de la provincia de Toledo, y:

ACUERDAN:

1) La firma de las tablas salariales para el año 2001, una vez conocido el I. P. C. del año 2000, conforme se establece en los artículos 38 y 39 del vigente Convenio Colectivo y que suponen un incremento del 6,5 por 100, cuyas tablas, que tendrán vigencia de 1 de enero de 2001 a 31 de diciembre de 2001, se adjuntan al presente acta.

2) Remitir dichas tablas salariales a la Delegación Provincial de Industria y Trabajo de Toledo, a efectos de su depósito, registro y publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Toledo.

3) Los atrasos que se pudieran devengar deberán ser abonados en el plazo máximo de un mes desde la fecha del presente acta.

Y en prueba, de conformidad con lo que antecede, lo firman en el lugar y fecha al principio indicado.- (Firmas ilegibles).

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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