Convenio Colectivo de Sec...Valenciana

Última revisión
10/11/2006

Revision. Convenio Colectivo de Sector de RECOLECCION DE CITRICOS (80000105011990) de Comunidad Valenciana

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2006

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RESOLUCION de 29 de septiembre de 2006, de la Direccion General de Trabajo y Seguridad Laboral, por la que se dispone el registro y publicacion de la revision salarial para la campaña que se inicia el 1 de septiembre de 2006 y concluye el 31 de agosto de 2007 del Convenio Colectivo para la Recoleccion de Citricos de la Comunidad Valenciana (cod. 8000105). [2006/11893] (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana num. 5385 de 10/11/2006)

Preambulo

Vista el acta del acuerdo celebrado el 21 de septiembre de 2006 sobre revisión salarial para la campaña que se inicia el 1 de septiembre de 2006 y concluye el 31 de agosto de 2007 del Convenio Colectivo para la Recolección de Cítricos de la Comunidad Valenciana, suscrito por la Comisión Paritaria, estando integrada la misma, de una parte, por las organizaciones empresariales AICGC y APECA, y de otra, por el sindicato UGT-FTA, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y artículos 2, 3 y 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, conforme a las competencias que tiene transferidas según Real Decreto 4105/82, de 29 de diciembre,

Acuerda:

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta dirección general, con notificación a la Comisión Negociadora, y el depósito del texto original del acta.

Segundo

Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat.

Valencia, 29 de septiembre de 2006. - El director general de Trabajo y Seguridad Laboral: Román Ceballos Sancho.

CONVENIO COLECTIVO PARA LA RECOLECCIÓN DE CÍTRICOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

POR UGT-FTA: Vicent Raül Arnau Martínez, Manuel Bono Donat, Ramón Angel Serra Caselles y José Ricardo Gimeno Beneyto

POR CGC: Francisco José Martínez Serrano, Assumpta Ferrada Ortiz, Vicente Fenollar Gisbert y Enrique Ribes Campos. Asesor: Olga Morales Salvador

POR APECA: Joaquin Ferragud Girbes y Salvador Signes Solves.

Siendo las 16.30 horas del día 21 de septiembre de 2006, se reúnen en la sede de CGC en Valencia, calle Monjas de Santa Catalina, 8-4ª, los miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo para la Recolección de Cítricos de la Comunidad Valenciana, cuyos nombres se relacionan al margen.

El objeto de la presente reunión es el de proceder a la aprobación de las tablas salariales vigentes para la campaña que se inicia el 1 de septiembre de 2006 y concluye el 31 de agosto de 2007.

A tal efecto, una vez efectuadas las oportunas deliberaciones, las partes alcanzan por unanimidad el presente

ACUERDO:

Revisar las tablas salariales del Convenio Colectivo para la Recolección de Cítricos de la Comunidad Valenciana para la campaña 2006/2007, concretamente para el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2006 y el 31 de agosto de 2007, en los siguientes términos:

- En aplicación de lo dispuesto en el artículo 6, apartado 1, del convenio, se acuerda un incremento salarial del 5,3% sobre los conceptos salariales.

- En aplicación de lo dispuesto en el artículo 7, apartado 2, del convenio, se acuerda un incremento del precio de los destajos de las diferentes variedades del 2,5%. Dicho incremento del 2,5% será igualmente aplicable al plus previsto en el artículo 25.2.

- Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 27, el plus de desplazamiento se incrementará en un 3,7%

A tal efecto, se adjunta como anexo al presente documento las tablas debidamente firmadas.

Se encomienda el depósito y registro de la presente acta ante la Dirección General de Trabajo de la Generalitat Valenciana a Olga Morales Salvador y Vanesa Orive Sánchez.

Y sin más asuntos que tratar firman el presente documento en el lugar y fecha que obra en el encabezamiento.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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